Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2020 (25/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Domingo 25 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer; CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Verbal 139-1/2020, del 11 de marzo de 2020, la Embajada de la República de Surinam ante la República Federativa del Brasil, comunica que su Gobierno ha concedido el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Surinam, con residencia en Brasilia, República Federativa del Brasil; La Hoja de Trámite (GAC) N° 1707, del Despacho Viceministerial, del 15 de octubre de 2020; y el Memorándum (CER) N° CER00215/2020, de la Dirección de Ceremonial, del 13 de octubre de 2020; y, De conformidad con el artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa del Brasil, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Surinam, con residencia en Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1896825-7

Pasan a la situación de retiro a Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 121-2020-RE Lima, 23 de octubre de 2020 VISTO: El Informe (OAP) N° 165/2020, de 29 de setiembre de 2020; de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, del Ministerio de Relaciones Exteriores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 02402015-RE, se dispuso pasar a la situación de disponibilidad, a su solicitud, a la Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Claudia Portillo Gonzáles, a partir del 1 de octubre de 2015; Que, mediante Resolución Ministerial N° 05152018-RE, se dispuso extender el pase a la situación de disponibilidad a la citada funcionaria diplomática, hasta por un plazo máximo de dos años, a partir de 1 de octubre de 2018;

Que, la situación de disponibilidad es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado temporalmente de la situación de actividad, entre otros motivos, a su solicitud, debidamente fundamentada y aprobada por el Jefe del Servicio Diplomático, conforme establece el artículo 14 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; Que, el artículo 39 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N° 130-2003-RE y modificatorias, establece que los funcionarios diplomáticos podrán permanecer en la situación de disponibilidad hasta por un máximo de tres años consecutivos o acumulativos de manera intermitente; y solo en casos excepcionales, por conveniencia del Servicio Diplomático, puede extenderse el plazo de permanencia en situación de disponibilidad hasta por dos años más, mediante Resolución Ministerial; Que, el literal c) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que el pase a la situación de retiro tiene lugar, entre otros casos, por exceder el límite de permanencia en la situación de disponibilidad; Que, la disposición señalada en el párrafo anterior resulta concordante con lo señalado en el último párrafo del artículo 39 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, el cual establece que, vencido el plazo máximo en situación de disponibilidad, sin que el funcionario haya solicitado la extensión o su reincorporación a la situación de actividad, pasa a la situación de retiro; Que, el pase a la situación de retiro por exceder el límite de permanencia en la situación de disponibilidad, se hará efectivo de oficio, mediante Resolución Suprema, previo informe de la Oficina General de Recursos Humanos, conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; Que, la Oficina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 165/2020, ha señalado que la Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Claudia Portillo Gonzáles de Kathmann, ha excedido el límite de permanencia en situación de disponibilidad, al haber acumulado consecutivamente cinco (5) años en situación de disponibilidad, el 1 de octubre de 2020, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en el literal c) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y el Decreto Supremo N° 004-2019JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro a la Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Claudia Portillo Gonzáles de Kathmann, con eficacia anticipada, a partir del 1 de octubre de 2020, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Dar las gracias a la Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Claudia Portillo Gonzáles de Kathmann, por los servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1896825-8

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