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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (01/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Martes 1 de setiembre de 2020 / El Peruano fecha 21 de julio de 2020, indicando que se deberá elevar la propuesta a fi n de ponerlo a consideración del Concejo Municipal; siendo que, con Proveído Nº 977-2020-MSB-GM de fecha 18 de agosto de 2020, la Gerencia Municipal señala a la Secretaría General realizar las acciones pertinentes a fi n de poner a consideración del Concejo Municipal el presente caso; Que, con Informe Nº 409-2020-MSB-OAJ de fecha 18 de agosto de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal señalando que resulta procedente emitir el Acuerdo de Concejo que designe a los funcionarios competentes autorizados para la fi rma de cheques, pagarés, cartas, órdenes y otros documentos de índole fi nanciero y se deje sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 043-2020-MSB-C de fecha 21 de julio de 2020, en el marco de la atribución conferida al Concejo Municipal, establecida en el numeral 8. del Artículo 9º y Artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; por lo que, se deberá poner a conocimiento y consideración del Concejo Municipal, para su evaluación y posterior aprobación mediante el Acuerdo de Concejo correspondiente; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica precisa que resulta pertinente modi fi car el citado Acuerdo; toda vez que, en dicha norma municipal se considera como funcionario titular autorizado para la fi rma de documentos de índole fi nanciero a la Jefa de la Unidad de Planeamiento y Racionalización; sin embargo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 49º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada con Resolución Directoral Nº 002-2007-EF-77.15 y el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 054-2018-EF/52.03 sobre responsables del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, de las Municipalidades y otros, corresponde ser responsables titulares del manejo de las cuentas bancarias al Director General de Administración o el funcionario que haga sus veces y el Tesorero, por lo que, se debe excluir al Jefe de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, al no estar comprendida en la norma como sujeto pasible de ostentar el cargo de responsable de las cuentas bancarias y en todo caso, autorizarle la fi rma de documentos de índole fi nanciero; Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el voto por unanimidad de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero. - DESIGNAR a los funcionarios autorizados para fi rmas de cheques, pagarés, cartas, órdenes y otros documentos de índole fi nanciero, conforme sigue: TITULARES: Hialmer Saturnino Ordinola Calle, Gerente de O fi cina de Administración y Finanzas Gustavo Teó fi lo Carrasco Lastarria, Jefe de la Unidad de Tesorería SUPLENTES: Rosa María Virreyra Salas, Gerente de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica Giannina Patricia Gamio Franco, Gerente de la O fi cina de Ética, Integridad y Sistemas de Gestión Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 043-2020-MSB-C de fecha 21 de julio de 2020. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la O fi cina de Administración y Finanzas y a la Unidad de Tesorería efectuar las acciones pertinentes para el Registro de las Firmas ante las entidades fi nancieras, a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad.Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1881069-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ordenanza que aprueba el procedimiento para cambio de giro de licencias de funcionamiento a fin de reducir el impacto en la economía generado por la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 ORDENANZA Nº 000289/MDSA Santa Anita, 21 de agosto de 2020EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTA ANITA POR CUANTO:VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha que se indica, el Informe Nº 0351-2020-SGDEL-GSAT/MDSA de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, el Memorándum Nº 255–2020–GSAT/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el Informe Nº 255-2020-GAJ-MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 465–2020-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado en el artículo 194º establece que las municipalidades provinciales y locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 3º de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976, modi fi cado por el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1497, señala “ El cambio de giro es de aprobación automática; solo requiere que el titular de la licencia de funcionamiento presente previamente a la municipalidad una declaración jurada informando las refacciones y/o acondicionamientos efectuados y garantizando que no se afecten las condiciones de seguridad, ni incremente la clasi fi cación del nivel de riesgo de alto o muy alto, conforme al Certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones obtenido”; Que, el numeral 3.2 del artículo 86º de la Ley Nº 27972, establece como funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales, ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos con la fi nalidad de mejorar la competitividad; Que, mediante Informe Nº 0351-2020-SGDEL/MDSA la Subgerencia de Desarrollo Económico Local remite a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria el proyecto de ordenanza que aprueba el procedimiento para cambio de giro de licencias de funcionamiento a fi n de reducir el impacto en la economía generado por la emergencia sanitaria producida por el COVID -19; Que, mediante Memorándum Nº 255-2020-GSAT/ MDSA la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria traslada los actuados al despacho de la Gerencia de Asesoría Jurídica a efectos de emitir opinión legal correspondiente;