NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (16/09/2020)
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4 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de setiembre de 2020 / El Peruano COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican la R.M. N° 450-2019-MINCETUR en lo referente a delegación de facultades en materia de recursos humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2020-MINCETUR Lima, 15 de setiembre de 2020Visto, el Memorándum Nº 794-2020-MINCETUR/SG de la Secretaría General; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, dicha Entidad es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, el cual forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a la Ley; Que, conforme al artículo 8 de la referida norma, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Ministro es titular del pliego presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, quien puede delegar las facultades y atribuciones que establece la Ley Nº 27790, que no sean privativas de su cargo; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el Capítulo VII del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y el Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, regulan las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, dispone que el personal sujeto a Contrato Administrativo de Servicios – CAS puede ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujeto, únicamente, a las acciones de desplazamiento de designación temporal, rotación temporal y comisión de servicios; Que, mediante el Informe Técnico Nº 048-2015-SERVIR/GPGSC de fecha 3 de febrero de 2015, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, indica que “La encargatura se formaliza con la resolución del Titular de la entidad, o funcionario autorizado por delegación”; asimismo, con Informe Técnico Nº 219-2016-SERVIR/GPGSC de fecha 15 de febrero de 2016, señala que la suplencia y las acciones de desplazamiento del personal CAS vienen a ser fi guras “que deben ser analizadas y aplicadas dentro de su propio marco normativo (Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento) pero entendidas en términos amplios”; Que, el artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, dispone que “La Ofi cina General de Administración es la encargada de asegurar la unidad, racionalidad, e fi ciencia y e fi cacia de los procesos de administración de los recursos humanos, materiales y fi nancieros del Ministerio (...)”; Que, estando a las normas antes citadas, se ha visto por conveniente emitir el acto resolutivo para la delegación de las facultades de autorización y resolución de las acciones de suplencia y de desplazamiento de personal, en forma concordante con la regulación aplicable para cada régimen laboral; Con el visado del Secretario General, de la Directora General de la O fi cina General de Administración y del Director General de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; conjuntamente con la opinión favorable del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 3.6 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 450-2019-MINCETUR, a fi n de incorporar los literales d) y e) en los términos siguientes: “Artículo 3.- (...)3.6. En materia de recursos humanos (...)d) Autorizar y resolver las acciones de personal comprendidas en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, a que se re fi ere el Capítulo VII del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, hasta el nivel F-5. Esta facultad no incluye la de efectuar nombramientos o designaciones en cargos de con fi anza, ni en cargos de libre designación o remoción. e) Autorizar y resolver las acciones de suplencia y de desplazamiento de personal comprendidas en el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, hasta el Nivel F-5.” Artículo 2.- Dejar sin efecto el literal c) del numeral 2.2 de la Resolución Ministerial Nº 450-2019-MINCETUR. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1885206-1 CUL TURA Aprueban actualización de las referencias geográficas denominadas “Pueblos Indígenas u Originarios del Perú”, que incluye la actualización sobre los “Pueblos Indígenas u Originarios Amazónicos” y la incorporación de las referencias geográficas en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000240-2020-DM-MC San Borja, 11 de septiembre del 2020