Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (16/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de setiembre de 2020 / El Peruano ECONOMIA Y FINANZAS Designan Director de la Dirección de Gestión de Pensiones de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 266-2020-EF/43 Lima, 15 de setiembre del 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Sistema Administrativo II - Director de la Dirección de Gestión de Pensiones, Categoría F-3, de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único. Designar al señor Hugo Andrés León Manco, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II - Director de la Dirección de Gestión de Pensiones, Categoría F-3, de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1885190-1 EDUCACION Designan Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2020-MINEDU Lima, 15 de septiembre de 2020VISTOS, el Expediente Nº VMGP2020-INT-0107201, el O fi cio Nº 135-2020-MINEDU/VMGP del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica y el Informe Nº 00155-2020-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director (a) de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente;De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora INGRID LESLIE ROMERO MANCO, en el cargo de Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1885239-1 ENERGIA Y MINAS Decreto Supremo que establece disposiciones para el procedimiento de autorización de funcionamiento de la concesión de beneficio y de su modificación en el marco de la Emergencia Sanitaria DECRETO SUPREMO N° 024-2020-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, los artículos 4 y 5 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM), señalan que el MINEM ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y de minería, teniendo como competencias exclusivas, diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el artículo 1 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2020-EM (en adelante, el Reglamento), señala que dicha norma tiene por objeto establecer y regular los procedimientos mineros contenidos en la Ley General de Minería cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, los artículos 85 y 86 del Reglamento, regulan el procedimiento de Autorización de Funcionamiento de la concesión de bene fi cio y de su modi fi cación, disponiendo, entre otros, que el titular de una concesión de bene fi cio solicita a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional la autorización de funcionamiento de la concesión de bene fi cio, y solicita la realización de la inspección de veri fi cación, a través del formulario electrónico vía extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas; disponiéndose que cumplida dicha diligencia, previo informe favorable, se emite el acto administrativo en el cual se resuelve aprobar la Inspección de Veri fi cación de la construcción de obras e instalaciones del proyecto aprobado y autorizar funcionamiento de la concesión de bene fi cio otorgada o de la modi fi cación aprobada, conforme a la inspección favorable; Que, asimismo la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento establece que en el caso de los procedimientos de otorgamiento de concesión de bene fi cio en trámite con autorización de construcción de la planta de bene fi cio y demás componentes, cuyos titulares mineros hayan comunicado la culminación de la construcción, según su cronograma aprobado,