TEXTO PAGINA: 46
46 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de abril de 2021 / El Peruano VISTOS: Los Informes N° 047-2021-TP/DE/UAPI- CFATEP y N° 048-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP de la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones; los Informes N° 0305-2021-TP/DE/UPPSM-CF y N° 0307-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización; el Informe N° 077-2021-TP/DE/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; el O fi cio N° 319-2021-MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 0302-2021-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 294-2021-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, crean el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, se señala que el objetivo de dicho Programa es generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2020- TR, Decreto Supremo que aprueba la reestructuración del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” y declara la extinción del Programa “Perú Responsable”, establece como funciones generales del mencionado Programa: a) Promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC); b) Brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; c) Supervisar, monitorear y hacer seguimiento de la ejecución de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, d) Implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa para Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, establece que dicho Programa tiene por fi nalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de la población en edad de trabajar a partir de 18 años en situación de desempleo o afectada por una emergencia o desastre natural; Que, el literal a) del artículo 4 del citado Manual de Operaciones establece como función general del referido Programa la de promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o emergencias, a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC); Que, el literal c) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a favor de gobiernos regionales y gobiernos locales; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 de dicho artículo se realizan, en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2021- TP/DE, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú, conforme al Anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el Anexo de la precitada Resolución Directoral, señala sobre la Modalidad de Intervención 2- Por emergencias o desastres naturales que: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias o desastres naturales, tiene por fi nalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés permitiendo mejorar las condiciones de las personas damni fi cadas o afectadas por una emergencia o desastre natural, que no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no califi cada (MONC)”; Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 002- 2021-TP/DE, que aprueba la “Focalización Geográ fi ca Distrital 2021-2021” dispone aplicar, excepcionalmente, la “Focalización Geográ fi ca Distrital 2021-2022”, en el año 2021, a la Modalidad de intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, sin perjuicio de otros distritos comprendidos en la norma pertinente que declara la respectiva emergencia; Que, mediante la Resolución Directoral N° 009-2021- TP/DE, se aprueba la “Guía para la Presentación de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata (AII) dirigida a los Organismos Proponentes’’, conforme al Anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, a través de la Resolución Directoral N° 010- 2021-TP/DE, se aprueba la Directiva N° 002-2021-TP/DE, denominada “Directiva sobre el procedimiento a seguir para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de la modalidad de intervención por desastres naturales o emergencias”; disponiéndose en el numeral 7.2 del artículo 7 de la mencionada Directiva que dicha norma se aplica para las actividades comprendidas en la “Modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales” que sean fi nanciadas con los recursos asignados al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” en el PIA 2021; Que, con Resolución Directoral N° 011-2021-TP/ DE, se aprueba el “Cronograma para las Actividades de Intervención Inmediata en el marco de la modalidad de Intervención ante la ocurrencia de Desastres Naturales o Emergencias”, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, a través de la Resolución Directoral N° 012- 2021-TP/DE, se aprueba la “Distribución presupuestal por departamento para la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, mediante Actividades de Intervención Inmediata 2021”, que en Anexo forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; distribución cuyo importe total asciende a S/. 121 293 600.00 (CIENTO VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES); Que, con Resolución Directoral N° 018-2021-TP/ DE, se aprueba el “Manual de procedimientos para la priorización de Actividades de Intervención Inmediata en la modalidad de Intervención 2: Por emergencias o desastres naturales”, conforme al Anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, mediante la Resolución Directoral N° 034- 2021-TP/DE, se aprueba el listado de actividades de intervención inmediata priorizadas AII-09 a nivel nacional, conforme a lo establecido en el Cronograma aprobado con Resolución Directoral N° 011-2021-TP/DE; siendo que dicho listado, conforme al anexo que forma parte de la cita Resolución Directoral, está conformado por seiscientos noventa y nueve (699) Actividades de