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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (14/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Sábado 14 de agosto de 2021 El Peruano / ÍTEMCENTRO POBLADODISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 17 Huachocolpa Tayacaja Huancavelica18 Surcubamba 19 Tintaypuncu20 Roble21 Andaymarca22 Colcabamba 23 Cochabamba 24 Chinchihuasi Churcampa 25 Pachamarca 26 San Pedro de Coris27 Kimbiri La Convención Cusco28 Pichari 29 Villa Kintiarina 30 Villa Virgen 31 Echarate32 Megantoni33 kumpirushiato34 Cielo Punco35 Manitea36 Unión Ashaninka37 Yuveni Vilcabamba (*) 38 Mazamari Satipo Junín39 Pangoa 40 Vizcatán del Ene41 Río Tambo42 Andamarca Concepción 43 Santo Domingo de Acobamba Huancayo 44 Pariahuanca TOTAL 1 43 8 4 (*) En el departamento del Cusco, provincia de la Convención del distrito de Vilcabamba, sólo se debe prorrogar el Estado de Emergencia en el Centro Poblado Yuveni. 1982207-2 CUL TURA Otorgan el reconocimiento a la trayectoria de arqueólogo al servicio del Estado y de la Nación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000205-2021-DM/MC San Borja, 10 de agosto del 2021 VISTOS; el Informe Nº 000030-2021-DDC LAM/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque; el Informe Nº 000940-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado sobre el Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la Creación cultural contemporánea y artes vivas; la Gestión cultural e industrias culturales; y, la Pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 118-2014- MC, se otorga la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al Doctor Walter Leonel Alva Alva, por ser uno de los arqueólogos más destacados en nuestro país y por la transcendencia a nivel nacional e internacional a sus aportes en la arqueología peruana; Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2020-MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, como un documento que sustenta la acción pública en materia de derechos culturales y, que permite integrar, alinear y dar coherencia a las estrategias e intervenciones con el propósito de servir mejor a la ciudadanía; y tiene como objetivo promover un mayor ejercicio de los derechos culturales, garantizando el acceso, participación y contribución de los/las ciudadanos/as en la vida cultural; Que, la referida política nacional presenta objetivos prioritarios que son el centro de la apuesta estratégica de la Política Nacional de Cultura al 2030, conteniendo indicadores que medirán su desempeño y, lineamientos que concretarán las intervenciones del sector. Dichos Objetivos Prioritarios (OP) son: OP1) Fortalecer la valoración de la diversidad cultural; OP2) Incrementar la participación de la población en las expresiones artístico – culturales; OP3) Fortalecer el desarrollo sostenible de las artes e industrias culturales y creativas; OP4) Fortalecer la valoración del patrimonio cultural; OP5) Fortalecer la protección y salvaguardia del patrimonio cultural para su uso social; y, OP6) Garantizar la sostenibilidad de la gobernanza cultural; Que, el Lineamiento 3.2 del Objetivo Prioritario 3 (OP3) de la Política Nacional de Cultura al 2030, señala que el Ministerio de Cultura, debe “Brindar incentivos económicos y no económicos a agentes culturales, negocios y proyectos culturales”, estableciendo entre otros, el servicio de incentivos al desarrollo creativo mediante el reconocimiento de trayectorias y obras artísticas, esto es, el otorgamiento de reconocimientos a agentes culturales por su aporte realizado al desarrollo cultural del país, en el marco de las áreas programáticas de acciones sobre las cuales el Ministerio de Cultura ejerce sus competencias, lo cual funciona como un incentivo para el desarrollo de su actividad cultural; Que, en dicho contexto, mediante el Informe Nº 000030-2021-DDC LAM/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque señala que el arqueólogo Walter Leonel Alva Alva tiene una destacada y fructífera trayectoria en la investigación y difusión de la arqueología Norperuana; asimismo, sus aportes han trascendido las fronteras del país dotando de un valor singular la historia e identidad peruana; ha realizado el estudio de las culturas pre-incas de la región Lambayeque donde centró, a lo largo de 45 años, sus investigaciones y su labor de promoción y defensa del patrimonio cultural; por lo que propone el reconocimiento a la labor como arqueólogo del señor Walter Leonel Alva Alva, al servicio del Estado y de la nación; Que, en ese sentido, resulta pertinente emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento al señor Walter Leonel Alva Alva, a la labor como arqueólogo al servicio del Estado y de la Nación; Con las visaciones del Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo Nº 009-2020-MC, que aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar al señor WALTER LEONEL ALVA ALVA, el reconocimiento a la trayectoria del arqueólogo al servicio del Estado y de la Nación.