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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (14/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Sábado 14 de agosto de 2021 El Peruano / De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Fernando Mauricio Griebenow Massone como Jefe de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVÁN MERINO AGUIRRE Ministro de Energía y Minas 1982065-1 Designan Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 284-2021-MINEM/DM Lima, 13 de agosto de 2021VISTOS: El Memorando Nº 0353-2021/MINEM-SG de la Secretaría General; el Informe Nº 164-2021-MINEM-OGA-ORH y el Memorando Nº 709-2021/MINEM-OGA-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe(a) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Denis Joel Tapia Rodríguez como Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVÁN MERINO AGUIRRE Ministro de Energía y Minas 1982066-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Perú y ser procesado en la República Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA N° 151-2021-JUS Lima, 13 de agosto de 2021VISTO; el Informe Nº 110-2021/COE-TPC, del 14 de junio de 2021, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad peruana JULIÁN ESPINOZA DERENZÍN, formulada por las autoridades competentes de la República Argentina, para ser procesado por la presunta comisión del delito de homicidio agravado, en perjuicio de Roly Roldán Reyes Cárdenas; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 17 de enero de 2020, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad peruana JULIÁN ESPINOZA DERENZÍN, formulada por las autoridades competentes de la República Argentina, para ser procesado por la presunta comisión del delito de homicidio agravado, en perjuicio de Roly Roldán Reyes Cárdenas (Expediente Nº 14-2019); Que, el literal b) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante el Informe Nº 110-2021/COE-TPC del 14 de junio de 2021, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición pasiva de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de homicidio agravado, en perjuicio de Roly Roldán Reyes Cárdenas; Que, también propone la mencionada Comisión, requerir que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición; Que, conforme al literal c), inciso 3 del artículo 517, concordante con el inciso 1) del artículo 522 del Código Procesal Penal, previo a la entrega de la persona requerida, el Estado requirente deberá dar las seguridades que se le computará el tiempo de privación de libertad que ha demandado el trámite de extradición en la República del Perú; Que, conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito el 11 de junio de 2004 y vigente desde el 19 de julio de 2006; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Se accede a la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano JULIÁN ESPINOZA