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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (14/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Sábado 14 de agosto de 2021 El Peruano / Artículo 4.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial a el/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, a el/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a los miembros del Comité de Promoción de Inversiones de Obras por Impuestos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a la Unidad Funcional de Proyectos de Inversión Privada, a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego y a la Dirección de Gestión de Inversiones de Infraestructura Hidráulica y Riego, para los fi nes pertinentes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR RAÚL MAITA FRISANCHO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 1981900-1 Aprobar los “Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 170-2021-ANA Lima, 13 de agosto de 2021VISTOS:Los Informes Técnicos Nº 0034-2021-ANA- DPDRH/AATO y Nº 0040-2021-ANA-DPDRH/AATO de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, el Informe Nº 023-2020-ANA-OPP/UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal Nº 074-2021-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, se crea el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos con el objeto de articular el accionar del Estado, para conducir los procesos de gestión integrada y de conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de cuencas de los ecosistemas que lo conforman y de los bienes asociados; así como, para establecer espacios de coordinación y concertación entre las entidades de la administración pública y los actores involucrados en dicha gestión; Que, asimismo el artículo 10 de la acotada Ley, establece que el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos es parte del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, y tiene por fi nalidad el aprovechamiento sostenible, la conservación y el incremento de los recursos hídricos, así como el cumplimiento de la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos y el Plan Nacional de Recursos Hídricos en todos los niveles de gobierno y con la participación de los distintos usuarios del recurso; Que, la Autoridad Nacional del Agua como ente rector y máxima autoridad técnica normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, es responsable de su funcionamiento tal como prescriben los artículos 14 y 49 de la Ley de Recursos Hídricos, el cual asegura la debida coherencia en el ejercicio de las funciones de los integrantes de dicho Sistema, articulando de forma multisectorial la gestión de la calidad, cantidad y oportunidad de los recursos hídricos bajo la conducción de la Autoridad Nacional del Agua;Que, con Resolución Jefatural Nº 083-2016-ANA se aprobó los «Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos» como instrumento de gestión que orienta las acciones a ejecutar por parte de los órganos de la Autoridad Nacional del Agua, destinadas al funcionamiento del sistema en mención; Que, la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos con Informes del visto sustenta la necesidad de actualizar los «Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos», y solicita se apruebe la nueva propuesta en reemplazo de los Lineamientos aprobados por Resolución Jefatural Nº 083-2016-ANA; Que, con Informe del visto, la Unidad de Planeamiento y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, luego de la revisión y evaluación de la propuesta, opina de forma favorable a la actualización de los «Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos»; Que, con Informe Legal del visto, la Oficina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable que se apruebe la versión actualizada de los «Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos», la cual incorpora las diversas formas de participación implementadas a nivel nacional y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; Que, la propuesta actualizada de Lineamientos fue socializada en la primera sesión ordinaria 2021 del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua; y recoge la experiencia de la implementación a nivel nacional de los Lineamientos aprobados mediante Resolución Jefatural Nº 083-2016-ANA, y a nivel descentralizado con el funcionamiento de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca en la región hidrográ fi ca del Pací fi co, la gestión en la región hidrográ fi ca del Amazonas y la experiencia de los Grupos Especializados de Trabajo Multisectorial y Mesas Temáticas; Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar los «Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos», a fi n de lograr la participación y coordinación de los integrantes del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, debiéndose derogar la Resolución Jefatural Nº 083-2016-ANA; Con los vistos de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina Asesoría Jurídica, la Gerencia General; y, en uso de las facultades conferidas a este despacho por el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los «Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos» que, en anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Jefatural Nº 083- 2016-ANA. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, a su vez, ésta con su Anexo, en el Portal del Estado Peruano: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua 1982145-1