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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (18/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de agosto de 2021 El Peruano / presupuestal y el cumplimiento de las metas de los Sub-Programas, actividades y/o Proyectos de cada Programa Presupuestario, previamente de fi nidos en la estructura programática, teniendo en cuenta los CAP y lo dispuesto por las normas de austeridad en vigencia; Que, el numeral 6.8 de la citada Directiva, dispone que los PAP serán aprobados por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que, la Directiva Nº 0005-2021-EF/53.01 “Lineamientos para la Formulación, Aprobación, Registro y Modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante Resolución Directora Nº 0109-2021-EF/53.0, establece que el PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado; Que, mediante O fi cio Nº 0911-2021-EF/53.06 la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el marco del numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, “Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público”, emite opinión favorable a la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal 2021 de la Unidad Ejecutora 1424: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – Sede Central; Que, mediante Informe Nº D000045-2021-MIDIS- OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos propone la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal para el Año Fiscal 2021 de la Unidad Ejecutora 1424: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - Sede Central; Que, mediante Memorando Nº D000371-2021-MIDIS- OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, otorga viabilidad presupuestal para la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal para el Año Fiscal 2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto de Urgencia Nº 044-2021 Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, la Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP-DIGESNAP que aprueba al Directiva Nº 001-82-INAP-DNP y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP para el Año Fiscal 2021 de la Unidad Ejecutora 1424: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - Sede Central, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1982822-1ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao DECRETO SUPREMO N° 204-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el O fi cio N° 1666-2021-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), para asegurar el ejercicio de las funciones de dicha entidad en bene fi cio de la población; adjuntando, para dicho efecto, los Informes N°s. 0450-2021-MTC/09.03 y D-000062-2021-ATU/GG-OPP, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la ATU, respectivamente, con los sustentos correspondientes; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Memorando N° 1210-2021- EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), remite el costo para financiar la continuidad de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS), para el periodo agosto a diciembre de 2021, en la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU); Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 98 041 261,00 (NOVENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN Y 00/100 SOLES), a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos por su naturaleza y coyuntura no han sido previstos en el presupuesto institucional de dicho pliego para el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 98 041 261,00 (NOVENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN Y 00/100 SOLES), a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), para asegurar el ejercicio de sus funciones en bene fi cio de la población, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: