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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (01/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de diciembre de 2021 El Peruano / viene implementando el gobierno; y b) Renovación, duplicados y recti fi cación de datos dirigidos a personas mayores y menores que habiten en los 778 distritos seleccionados, de mayor pobreza monetaria según fuente del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Mapa de Pobreza Monetaria Provincial y Distrital 2018, señalados en el Anexo 01 de la citada Resolución Jefatural; Que mediante Decreto de Urgencia N° 078-2021 publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 25 de julio de 2021, se modi fi ca el decreto de urgencia 046-2021 y se extiende la cobertura universal de salud, en el marco de la emergencia nacional por la COVID-19, a todas las personas residentes en el territorio nacional; Que mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social señala que con el propósito de cumplir con los compromisos asumidos por la institución, en el marco de los planes de aseguramiento universal de salud y de vacunación implementados por el gobierno, se tiene coordinadas y programadas campañas o jornadas itinerantes de documentación en los meses de noviembre y diciembre del presente año, situación que hace necesario un aumento de la meta prevista en la Resolución Jefatural N°127-2021/JNAC/RENIEC, proyectándose realizar 30,000 trámites de DNI adicionales, para lo cual se deberá adoptar acciones que nos permita satisfacer las necesidades de documentación de población en situación de vulnerabilidad, más aun teniendo en cuenta el contexto de emergencia sanitaria por el COVID 19; Que en ese sentido, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social señala que en aras de continuar con la política social desplegada por RENIEC, que garantiza el acceso al documento nacional de identidad - DNI a la población en situación de pobreza y pobreza extrema, solicita la ampliación de la meta fi jada en la Resolución Jefatural N° 127-2021/JNAC/RENIEC, ampliándola de 120 000 a 150 000 trámites de DN bajo las modalidades establecidas en la citada Resolución JefaturaI; Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98° del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que así lo considere; Que la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que los trámites de gratuidades adicionales que realice la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, conforme se expresa en la Resolución Jefatural Nº 000127-2021/JNAC/RENIEC, deberán incluir la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad que se gestionen en las campañas o jornadas de documentación hasta el 31 de diciembre del 2021, toda vez que su fi nanciamiento es con cargo al Decreto Supremo N° 055-2021-EF; Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 086-2021-JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS;SE RESUELVE: Artículo Primero .- Disponer la ampliación de la meta fi jada en la Resolución Jefatural N° 127-2021/ JNAC/RENIEC (18JUN2021), hasta ciento cincuenta mil procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales- RUIPN para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación hasta el 31 de diciembre del 2021; quedando subsistentes las demás disposiciones que contiene la Resolución Jefatural N° 127-2021/JNAC/RENIEC (18JUN2021). Artículo Segundo .- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán fi nanciados con cargo a los recursos presupuestales transferidos al Pliego 033: RENIEC a través del Decreto Supremo N° 055-2021-EF. Artículo Tercero .- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Registros de Identi fi cación, de Tecnología de la Información, de Administración y de Plani fi cación y Presupuesto. Artículo Cuarto .- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2016891-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban modificación parcial del Estatuto Social de la empresa AV CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, en lo referente al cambio de denominación social a ASTETE CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. RESOLUCIÓN SBS Nº 03226-2021 Lima, 3 de noviembre de 2021EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROS (a.i.) VISTA:La solicitud presentada por la empresa AV CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, con Registro Nº J-0781, para que se le autorice la modi fi cación parcial de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Junta General de Accionistas de fecha 20 de setiembre de 2021, se acordó la modi fi cación del Artículo Primero del Estatuto Social, referido al cambio de denominación de la empresa a ASTETE CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. y el Artículo Tercero del Estatuto Social referido al aumento de capital social por aporte en efectivo y el cambio del valor nominal de las acciones; Que, de conformidad con el artículo 9º del Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 809-2019, la modi fi cación del artículo 28º del Estatuto Social de la