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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Jueves 9 de diciembre de 2021 El Peruano / Artículo 2.- Designar al señor Carlos Cesar Pimentel Silva en el puesto de Director General de Economía y Financiamiento Ambiental del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN JOSÉ RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente 2019696-1 Designan Ejecutivo en Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 075-2021-SENAMHI/PREJ Lima, 7 de diciembre de 2021VISTOS:El Memorando Múltiple Nº D000138-2021-SENAMHI- GG, de fecha 7 de diciembre de 2021 y la Nota de Elevación Nº D000179-2021-SENAMHI-OAJ, de fecha 7 de diciembre de 2021; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modi fi cada por la Ley Nº 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 145-2018/SENAMHI, se designó a partir del 1 de agosto de 2018, a la señorita PATRICIA DEL PILAR HUATUCO DIAZ, en el cargo de Ejecutiva en Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI; Que, mediante documentos de Vistos, se evidencia que la señorita PATRICIA DEL PILAR HUATUCO DIAZ, formula renuncia al cargo en mención; la cual aceptada por su Director, quien la exonera del plazo de ley; Que, mediante Memorando Múltiple Nº D000138- 2021-SENAMHI-GG, la Gerencia General solicita la evaluación del profesional FROYLAN INGA ORE, para ocupar el cargo de Ejecutivo(a) en Asesoría Jurídica; Que mediante Informe Nº D000034-2021-SENAMHI- ORH-RVR, de fecha 7 de diciembre de 2021, la O fi cina de Recursos Humanos efectúa la evaluación del profesional propuesto, para ocupar el cargo en mención, opinando favorablemente respecto a dicha propuesta: En tal sentido, corresponde emitir el acto respectivo;Con el visado del Gerente General, del Director de la Ofi cina de Recursos Humanos, y del Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, y su modi fi catoria Ley Nº 27188; y el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 9 de diciembre de 2021, la renuncia de la señorita PATRICIA DEL PILAR HUATUCO DIAZ, al cargo de Ejecutiva en Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 9 de diciembre de 2021, al señor FROYLAN INGA ORE, en el cargo de Ejecutivo en Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a las personas que se mencionan en los artículos precedentes y a la O fi cina de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquesePATRICIO ALONSO VALDERRAMA MURILLO Presidente EjecutivoServicio Nacional de Meteorología e Hidrologíadel Perú – SENAMHI 2019683-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban la incorporación de seis procedimientos administrativos y un requerimiento de información a modo de un servicio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para su trámite a través del Componente Portuario de la Ventanilla Única de Comercio Exterior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 213-2021-MINCETUR Lima, 7 de diciembre de 2021Visto, el Informe Nº 0021-2021-MINCETUR/ VMCE/DGFCE/DVUCEPT-YND de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, y el Memorándum Nº 585-2021-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, se de fi ne a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) como el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional; así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que establece, entre otros temas, las reglas para el funcionamiento de la VUCE, a través de sus diversos Componentes y Servicios que presta a la comunidad del comercio exterior; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE y que cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales fi gura el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC); Que, asimismo la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30860, establece que los procedimientos y servicios que se incorporan a la VUCE inician operaciones al día siguiente de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, de la Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que aprueba su incorporación;