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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (12/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Domingo 12 de diciembre de 2021 El Peruano / General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS establece que la autoridad responsable por propia iniciativa puede disponer la acumulación de los procedimientos en trámite que guarden conexión. Que, mediante el Decreto Supremo N° 005-2010-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, la cual dispone que la municipalidad distrital competente podrá dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdicción. Que, el Artículo 3° inciso 3.2, del Decreto Supremo N° 055-2010-MTC, indica que las Municipalidades Distritales de la jurisdicción donde se presta el servicio de Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, se encarga de autorizar, controlar y supervisar dicho servicio, así como de aplicar las sanciones por infracción al Reglamento y a las Disposiciones Complementarias que dicte en ejercicio de su funciones reguladora del Servicio Especial. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 013-2020-MDCLR de fecha 26 de octubre de 2020, se aprueba el REGLAMENTO DEL SERVIO DE TRANSPORTE PÝUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO DE CAREN DE LA LEGUA REYNOSO. Que, mediante Informe N° 344-2021-GAJ/MDCLR, la Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA que resulta Viable se apruebe por Decreto de Alcaldía, el Reglamento para la Conformación y Funcionamiento de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, debido a que los dispositivos legales ya establecidos no contemplan los plazos señalados para la vigencia de la Conformación de la Comisión Técnica Mixta. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Conformación y Funcionamiento de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, el cual consta de VI Capítulos y 19 Artículos que forman parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte y Sub. Gerencia de Transporte, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- DISPONER a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación y difusión del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital Carmen de la Legua Reynoso www.municarmendelalegua.gob.pe., y encargar a la Secretaría General publicar el presente Decreto de Alcaldía en el Diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.CARLOS ALFREDO COX PALOMINO Alcalde 2020451-3 Aprueban el Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 7 de diciembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO; VISTO: El Informe N° 189-2021-SGPC-GDH-MDCLR de fecha 25 de noviembre 2021, de la Sub. Gerencia de Participación Ciudadana, Informe N° 072-2021-GDH/MDCLR de fecha 26 de noviembre 2021, de la Gerencia de Desarrollo Humano, Memorándum N° 1211-2021-GM/MDCLR de fecha 29 de noviembre de 2021, de la Gerencia Municipal, Informe N° 357-2021-GAJ/MDCLR de fecha 01 de diciembre 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 1264-2021-GM/MDCLR de fecha 03 de diciembre 2021, de la Gerencia Municipal, sobre proyecto de Decreto de Alcaldía que Aprueba el Reglamento de Funcionamiento del CIAM. CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en tal virtud están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y plani fi car el desarrollo de su jurisdicción, entre otros. Que, la referida Constitución en su artículo 4° precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo el artículo 7° señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada, para velar por sí misma a causa de una defi ciencia física o mental, tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Que, mediante Informe N° 072-2021-GDH/MDCLR, de la Gerencia de Desarrollo Humano, remite el proyecto de Decreto de Alcaldía, que Aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Que, el Artículo 2° de la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, de fi ne como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más año de edad. Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10° de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales. Que, el Artículo 11° del Reglamento de la Ley N° 30490, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2021-MIMP, establece que los CIAM constituyen servicios especializados creados por los Gobiernos Locales que tienen como función principal la promoción y protección de los derechos de todas las personas adultas mayores, así como la prevención y atención de situaciones de riesgo. Que, el citado reglamento señala también en el artículo 29° que MIMP, a través de la DIPAM, elabora documentos normativos y orientadores para la creación, implementación y funcionamiento de los CIAM, que contiene pautas e instrucciones, que sirven como instrumentos técnicos y orientadores a los Gobiernos Locales. Dichos documentos son aprobados mediante la normatividad pertinente del MIMP. Que, la Guía Práctica para implementación y funcionamiento de los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor – CIAM, aprobado por Resolución Ministerial N° 060-2020-MIMP, precisa que el Reglamento Interno se aprueba por Decreto de Alcaldía