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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (31/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 416

TEXTO PAGINA: 303

303 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / estructura orgánica de la Gerencia Sub Regional de Chota, considerando el direccionamiento estratégico institucional para logar la Visión y los Objetivos, para lo cual se consolida los niveles jerárquicos y organizacionales. Que, a través de Resolución de Gerencia Sub Regional Nº 158-2020-GR.CAJ/CHO, de fecha 15 de diciembre de 2020, se aprobó el Clasi fi cador de Cargos, de la Gerencia Sub Regional de Chota, modi fi cado mediante Resolución de Gerencia Sub Regional Nº 090-2021-GR.CAJ/CHO, de fecha 17 de agosto del 2021, instrumento que cumple con la identi fi cación de clasi fi caciones establecidas de acuerdo al artículo 4º del Capítulo II de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público. Que, el numeral 4.1 del Anexo 4 de la Directiva Nº 022-2015-SERVIR /GDSRH establece que, la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los niveles de gobierno está condicionada al informe de Opinión Favorable que emita SERVIR. Que, el numeral 4.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH establece que la aprobación del CAP Provisional en el ámbito del Gobierno Regional debe aprobarse mediante Ordenanza Regional. Que, mediante O fi cio Nº 295-2021-GR.CAJ- GSRCH/G, de fecha 27 de agosto del 2021 se remite a SERVIR la documentación sustentatoria para la aprobación del CAP-Provisional de la Gerencia Sub Regional Chota, adjuntado a ello el Informe Nº 032-2021-GR.CAJ-GSRCH/OSRA-URH, de la O fi cina de Personal y el Informe Nº 010-2021-GR.CAJ-GSRCH/SGPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, propuesta que se enmarca dentro de los supuestos contemplado en los numerales 1.5 del Anexo 4, de la Directiva Nº 002- 2015-SERVIR/GDSRH; proponiendo un total de 05 plazas previstas, dispuestas por mandatos judiciales en calidad de cosa juzgada. Que, a través del O fi cio Nº 000530-SERVIR-PE la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicios Civil remite el Informe Técnico Nº 000164-2021-SERVIR/GDSRH del Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos el mismo que concluye: “6.1 La propuesta del CAP Provisional de GSR Chota se enmarca en las situaciones contempladas en el Anexo Nº 4 de la Directiva, de acuerdo a lo dispuesto en el supuesto 1.5 del numeral 1 de la citada Directiva, proponiendo la creación de 5 cargos previstos. 6.2 La propuesta del CAP Provisional de GSR Chota se ha elaborado sobre la base de la estructura orgánica aprobada su ROF y con los cargos estructurales aprobados en su MCC, guardando coherencia en la clasi fi cación y codi fi cación. 6.3 La propuesta del CAP Previsional de GSR Chota respeta los límites establecidos para el número de cargos de “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” con fi anza, SP-DS y DSLDR, según lo dispone la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, y del Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM; proponiendo 2 cargos con clasi fi cación EC. 6.4 En virtud del análisis realizado, se considera pertinente la propuesta del CAP Provisional presentada por GSR Chota, por lo que se otorga la opinión favorable CONFORME SEÑALA EL NUMERAL 4.1 DEL Anexo Nº 4 de la Directiva. Asimismo, se adjuntan los Anexos 4B, 4C y 4D, que conforman el CAP Provisional materia de análisis en el presente informe; y se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional, a través del dispositivo legal que corresponda según lo establecido en el numeral 4.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva.”. Que, a través del Dictamen NºD000029-2021-GRC- COAJ, emitido por el Presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Consejo Regional de Cajamarca, y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi caciones y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CAP PROVISIONAL DE LA GERENCIA SUB REGIONAL CHOTA”. Artículo Primero.- APRUEBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Gerencia Sub Regional Chota; con 77 cargos, de los cuales 38 cargos se encuentran en situación de ocupados y 39 en situación de previstos, los mismos que fi guran en los Anexos 4-B, 4-C Y 4-D que forman para integrante de la presente norma vigente. Artículo Segundo.- DEROGUESE toda ordenanza que oponga a la presente Norma Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Sub Regional de Chota distribuya y difunda los documentos de gestión aprobados mediante la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Sub Regional Chota del Gobierno Regional Cajamarca, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los 11 días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. OSCAR SANCHEZ RUIZ PresidenteConsejo Regional Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla con los apremios de Ley. Dado en Cajamarca, en la sede del Gobierno Regional.MESÍAS ANTONIO GUEVARA AMASIFUEN Gobernador Regional REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR