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318 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Que, Informe Legal Nº 650-2021-GRSM/ORAL, la O fi cina Regional de Asesoría Legal, OPINA que, a fi n de cumplir cabalmente con el levantamiento de las observaciones realizadas por la SBN, corresponde al Consejo Regional de San Martín a través de un Acuerdo de Consejo Regional aprobar la petición de la Reasignación de la Titularidad del predio inscrito en la partida P45028799, ubicado por el frente con el Jr. San Martín, Lote 1, Manzana 6 del centro poblado Nuevo Celendín, distrito de Zapatero, provincia de Lamas, departamento de San Martín, en razón a lo descrito en las conclusiones del Informe Técnico Nº007-2021-GRSM/OCP-EBE de la O fi cina de Control Patrimonial del Gobierno Regional San Martín. Se recomienda remitir el presente informe a la Secretaría del Consejo Regional de San Martín, para su atención. Que, mediante O fi cio Nº 504-2021-GRSM/ORA, el Director de la O fi cina Regional de Administración, remite al consejo Regional de San Martin, la solicitud para aprobar la petición de reasignación de titularidad de un predio de 6,090.80 M2; indicando que hacer de su conocimiento que el Gobierno Regional de San Martín – Dirección Regional de Educación – UGEL LAMAS en coordinación con la Municipalidad Distrital de Zapatero tienen previsto desarrollar el proyecto “Mejoramiento integral de las condiciones Básicas del Servicio Educativo en la Institución Educativa Primaria y Secundaria Nº 0361 (Código modular 0304295, 1459684) y la Institución Educativa Inicial Nº 214 (Código modular 0726083) de la localidad de Nuevo Celendín, distrito de Zapatero, Provincia de Lamas - departamento de San Martín” y para ello es importante contar con la administración o titularidad del predio de 6,090.80 m2, ubicado por el frente con el Jr. San Martín, Lote 1, Mz 06 del mencionado poblado. El mismo que tiene como titular al Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, inscrito en la partida Nº P45028799 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral Tarapoto. Asimismo indica que conforme opinión legal y la normativa en la materia nos exige, solicito aprobar la petición de reasignación de titularidad ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales del predio de 6,090.80 m2, ubicado por el frente con el Jr. San Martín, Lote 1, Mz 06 en el poblado Nuevo Celendín, distrito de Zapatero, Provincia de Lamas, departamento de San Martín. Que, de lo expuesto y de los documentos anexos se tiene las opiniones favorables de la O fi cina Regional de Administración, O fi cina de Control Patrimonial además de la Ofi cina Regional de Asesoría Legal, y demás contenidos en el expediente presentado para que el Consejo Regional de San Martín realice un acuerdo regional donde se la petición de la Reasignación de la Titularidad del predio inscrito en la partida P45028799, ubicado por el frente con el Jr. San Martín, Lote 1, Manzana 6 del centro poblado Nuevo Celendín, distrito de Zapatero, provincia de Lamas, departamento de San Martín, en razón a lo descrito en las conclusiones del Informe Técnico Nº007-2021-GRSM/OCP-EBE de la O fi cina de Control Patrimonial del Gobierno Regional San Martín. Que, de conformidad con lo establecido con el referido Reglamento Interno del Consejo Regional, en su artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modi fi cada por las Leyes Nº 27902 y Nº 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos de interés público, ciudadano o institucional; Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada vía presencial y virtual en las instalaciones del Auditorio del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, utilizando las tecnologías de la información, llevado a cabo el día 10 de noviembre de 2021, aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero: APROBAR la petición de la Reasignación de la Titularidad del predio inscrito en la partida P45028799, ubicado por el frente con el Jr. San Martín, Lote 1, Manzana 6 del centro poblado Nuevo Celendín, distrito de Zapatero, provincia de Lamas, departamento de San Martín, en razón a lo descrito en las conclusiones del Informe Técnico Nº007-2021-GRSM/OCP-EBE de la O fi cina de Control Patrimonial del Gobierno Regional San Martín. Artículo Segundo: AUTORIZAR a la O fi cina Regional de Administración y la O fi cina de Control Patrimonial, realizar los trámites administrativos, a realizar los trámites pertinentes con respecto a la solicitud de Reasignación de la Titularidad del Terreno señalada en el artículo precedente. Artículo Tercero: ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en el distrito judicial de San Martín, conforme a Ley. Artículo Cuarto: REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.FIDELITO SALAS VASQUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional 2026334-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban modificación parcial del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2021-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha diez de noviembre de dos mil veintiuno, en Sesión Extraordinaria, realizada en forma presencial, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el artículo 38 prescribe: “Las Ordenanzas