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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (31/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 416

TEXTO PAGINA: 319

319 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, el TUO de la Ley N.º 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en su artículo 43 establece: “43.1. Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (…)”; asimismo en su artículo 44 sobre la aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señala: “44.1. El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional (...)”. Que, con Decreto Supremo N.º 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento al numeral 53.6 del artículo 53º del referido TUO de la Ley N.º 27444; el Decreto Legislativo N.º 1256, que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas y el Decreto Legislativo N.º 1246, que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa; Que, el Decreto Legislativo N.º 1203 - Decreto Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (Sut) para la Simpli fi cación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, como herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y el Decreto Supremo N.º 031-2018-PCM aprueba su Reglamento. Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N.º 004-2018-PCM, se aprueba el nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N.º 005-2018-PCM-SGP, se aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, que en su artículo 5 establece: “Las entidades de la administración pública deben aprobar o modi fi car su TUPA cuando se presente algún de los siguientes supuestos: “(…) 5.2. Cuando las entidades de la administración pública deben aprobar o modi fi car su TUPA cuando se presente algún de los siguientes supuestos: “(…) 5.2. Cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos”; asimismo, en su artículo 18 señala: “Las entidades su nuevo TUPA o la incorporación/modi fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad , de la siguiente forma: (…) Gobiernos Regionales (…) Ordenanza Regional (…)”. Que, mediante Ordenanza Regional N.º 014-2014- CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 19 de junio del 2014, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), del Gobierno Regional de Tacna, la misma que fue modi fi cada mediante Ordenanza Regional 002-2015-GR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 22 de julio de 2015, Decreto Regional N.º 003-2015-GR/GOB.REG.TACNA, de fecha 16 de noviembre de 2015, Decreto Regional N.º 002-2016-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 17 de febrero del 2016, Decreto Regional N.º 002-2018-GR/GOB,REG.TACNA, de fecha 09 de mayo de 2018, Decreto Regional N.º 002-2019-GR/GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de abril de 2019, Decreto Regional N.º 002-2020-CR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 16 de julio de 2020, Ordenanza Regional N.º 006-2020-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 23 de agosto de 2020 y Ordenanza Regional N.º 009-2020-CR/GOB.REG. TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 25 de octubre del 2020. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N.º 588-2019-GR/GOB.REG.TACNA se conforma el Equipo Mejora Continua - EMC del Gobierno Regional de Tacna, encargado de implementar el proceso de simpli fi cación administrativa e implementación del Sistema Único de Tramites - SUT, para los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA de la entidad. Que, con Resolución Gerencial General Regional N.º 452-2020-GGR/GOB.REG.TACNA, se reconoce a los integrantes designados del Equipo SUT de la Sede Central y de las Direcciones Regionales y Archivo Regional, y posteriormente se realiza una modi fi catoria a la conformación de sus integrantes mediante R.G.G.R. N.º 095-2021-GGR/ GOB. REG.TACNA. Que, con el Decreto Supremo N.º 164-2020-PCM, se aprueba el procedimiento estandarizado de Acceso a la Información Pública que se encuentre en su posesión o bajo su control, asimismo se aprueba también los derechos de tramitación y su tabla ASME. Que, con el Decreto Supremo N.º 019-2021-PCM, se aprueba los cinco (05) procedimientos estandarizados del Sector Educación en materia de Educación Técnica -Productiva, a cargo de los directores regionales de Educación y las unidades de gestión educativa local de los gobiernos regionales. Que, con el Decreto Supremo N.º 018-2021- PCM, se aprueba treinta y cinco (35) procedimientos estandarizados del sector Producción en materia de acuicultura, pesca, industria, micro y pequeña empresa (MYPE) y ambiental, cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales., Que, con el Decreto Supremo N.º 021-2021-PCM, se aprueba nueve (09) procedimientos administrativos estandarizados del sector Trabajo y Promoción del Empleo cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos regionales. Que, con el Decreto Supremo N.º 047-2021-PCM, que aprueba cuarenta y tres (43) procedimientos administrativos y un (01) servicio prestado a exclusividad estandarizados del sector Transportes y Comunicaciones en materia de circulación vial, transporte terrestre, transporte acuático, telecomunicaciones y ambiental a cargo de los Gobiernos Regionales. Que, el Convenio N.º 176-2019-VIVIENDA, Convenio de Delegación de Competencia en Materia Ambiental entre Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Tacna requiere el cumplimiento de algunos requisitos para la asunción de la competencia. Que, el Convenio de Delegación de Competencias en Materia Ambiental entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Gobierno Regional de Tacna requiere del cumplimiento de algunos requisitos para la asunción de las competencias. Que, mediante O fi cio N.º 990-2021-GRAJ/GOB. REG.TACNA, de fecha 07 de octubre de 2021, emitido por Gobernación Regional se remite al Conejo Regional de Tacna la Opinión Legal N.º 1661-2021-GRAJ/GOB.REG.TACNA sobre modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna, para lo cual se adjunta la documentación sustentatoria de su pedido. Que, con el Informe N.º 116-2021-GRPPAT-SGMI/ GOB.REG.TACNA de fecha 21 de setiembre del 2021, emitido por el Sub Gerente de Modernización Institucional; el Informe N.º 020-2021-SGMI-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Opinión Legal N.º 1661-2021-GRAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 01 de octubre de 2021, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe del Asesor de Comisión N.º 028-2021-MOUV-COPPyAT-CR/GOB.REG. TACNA, de fecha 20 de octubre de 2021; el O fi cio Nº 2822-2021-SGMI-GRPPAT/GOB.REG. TACNA de fecha 26 de octubre de 2021, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que remite el Informe Nº 142-2021-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA de fecha 22 de octubre de 2021, emitido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 028-2021-COPPyAT-CR, de fecha 20 de octubre de 2021, sobre: “APROBAR LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA DEL