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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2021 (01/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 114

114 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2021 / El Peruano octubre de 2020, y el Informe Legal N° 066-2020-MPC- GGDU-GPUC-MPL de fecha 02 de octubre de 2020, ambos de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, encargada de evaluar la solicitud de cambio de zoni fi cación presentado por la Empresa Global Investments Capital Assets S de RL, es viable el cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Media – RDM a Industria Liviana-I2, del predio denominado “Terreno Rústico” Lote B1 P-1 Zona Norte de la Ciudad Satélite, inscrito en la Partida Registral N° 70629940, del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Callao, con un área de 181,728.89 m²; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por mayoría, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM) A INDUSTRIA LIVIANA (I2) DEL PREDIO DENOMINADO “TERRENO RÚSTICO” LOTE B-1 P-1 ZONA NORTE DE LA CIUDAD SATÉLITE DE VENTANILLA, UBICADO EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo 1.- Apruébese el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Industria Liviana (I2), del predio denominado “Terreno Rústico” Lote B1 P-1 Zona Norte de la Ciudad Satélite, inscrito en la Partida Registral N° 70629940 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Callao, con un área de 181,728.89 m², ubicado en el Distrito de Ventanilla. Artículo 2.- Modifíquese en lo pertinente el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Artículo 3.- Encárguese a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4.- Publicase la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial El Peruano y encargase a la Gerencia de Informática la difusión de la Ordenanza Municipal en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Artículo 5.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1916523-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban adecuación del Procedimiento Administrativo de “Acceso a la información que posea o produzca la entidad” contenida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto DECRETO DE ALCALDÍA Nº 047 -2020-A/MPMN Moquegua, 30 Noviembre 2020VISTOS: El Informe Legal Nº 869-2020- GAJ/GM/MPMN; el Informe Nº 268-GPP/GM/MPMN, Informe Nº 0294-2020-SGPPPR/GPP/MPMN, y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en concordancia con su Artículo VIII, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que mediante Ordenanza - Municipal Nº 014-2018- MPMN, Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto el mismo que consta de 158 procedimientos administrativos, que dispone en su Artículo Primero.- Crear ciento noventa y nueve (199) tasas, aprobar la estructura de costos de cada procedimiento administrativo, Artículo Segundo.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto; Que mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2019- MPMN, Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, contempla en su Artículo Primero.- Suprimir las Tasas, anular los procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento, así como sus requisitos, creados mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2018-MPMN de fecha 26-12-2018. Artículo Segundo.- Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2018-MPMN incorporando diez (10) procedimientos administrativos estandarizados de Licencias de Funcionamiento, sus requisitos, cali fi cación comprendidos en el Anexo Nº 1; crear nueve (09) tasas y aprobar la Estructura de Costos, que como anexo Nº 2 forman parte de la presente Ordenanza; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 00013- 2019-A/MPMN, que modi fi ca, la Ordenanza Municipal Nº 014 -2018-MPMN; en consecuencia, eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto las veintiséis (26) barreras burocráticas identi fi cadas en los procedimientos administrativos. Y mediante Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, se aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control; Que, en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, estando a lo expuesto, con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y estando a las visaciones correspondientes; SE DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR, la adecuación del Procedimiento Administrativo de “Acceso a la información que posea o produzca la entidad” contenida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 014 2018-MPMN y modi fi cado mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2019-A/MPMN al procedimiento estandarizado de “Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control” aprobado con Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM conforme se detalla en el Anexo 01 y Anexo 02 que forman parte integrante del Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas de la Municipalidad inmersas en los procedimientos administrativos, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.