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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2021 (01/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 99

99 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2021 El Peruano / transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, se aprueba la actualización del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2017-JUS, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especi fi cando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entraría en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Este, el 01 de julio de 2019. Que, con Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, quedando establecido que la implementación del citado Código, entre en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Este, el 01 de octubre de2019. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 019-2020-MP-FN-JFS, de fecha 19 de mayo de 2020, se crearon, el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Este y las plazas fi scales para la conformación del mismo, así como plazas fi scales destinadas para el fortalecimiento de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas del referido Distrito Fiscal, conforme a lo señalado en el o fi cio N° 33-2020-MP-FN-ETI-NCPP/ ST, de fecha 06 de marzo de 2020, que adjunta el informe N° 004-2020-MP-FN-ETI-NCPP/ST, cursado por la Secretaría Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, por el cual se remite el Diseño de Organización de las Fiscalías Corporativas Penales del Distrito Fiscal de Lima Este –2° Tramo Presupuestal, según redimensionamiento, para la continuidad de la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima Este, iniciada el 01 de octubre de 2019. Que, en el citado Diseño se ha considerado las modi fi caciones de denominaciones de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Transitoria de San Juan de Lurigancho, en Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Alta y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Transitoria de San Juan de Lurigancho - Zona Alta; de la Tercera y Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho, en Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Media; y, de la Quinta, Sexta y Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho, en Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja; respectivamente. En tal sentido, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente en el que se disponga los cambios de denominaciones señalados en el presente párrafo. Asimismo, mediante o fi cio N° 3947-2020-MP-FN- PJFS-DFLE, la abogada Marjorie Nancy Silva Velasco, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, hace de conocimiento respecto a la competencia territorial que comprenderán los Despachos Fiscales señalados en el párrafo que antecede. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car las denominaciones de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Transitoria de San Juan de Lurigancho, en Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Alta y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Transitoria de San Juan de Lurigancho - Zona Alta, respectivamente. Artículo Segundo.- Modi fi car las denominaciones de la Tercera y Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho, en Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Media, respectivamente. Artículo Tercero.- Modi fi car las denominaciones de la Quinta, Sexta y Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho, en Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja, respectivamente. Artículo Cuarto.- Disponer la adecuación de las designaciones del personal fi scal conforme a los cambios de denominaciones dispuestos en los artículos primero, segundo y tercero de la presente resolución. Artículo Quinto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, conforme a lo establecido en el artículo 157º, literales “g”, “t” y “v” del Reglamento de Organización y Funciones – ROF 2018, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, y su modi fi catoria materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1974-2019-MP-FN, de fecha 26 de julio de 2019, con el propósito de que disponga las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1916736-1 Disponen que fiscal ejerza sus funciones de Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1521-2020-MP-FN Lima, 31 de diciembre de 2020VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 100-2020-MP-FN-PJFS, de fecha 17 de diciembre de 2020, se prorrogó la vigencia de la plaza de Fiscal Superior con carácter transitorio, prorrogada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 115-2016-MP-FNJFS, de fecha 31 de agosto de 2016, a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. Que, la Fiscal de la Nación, es la titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. Que, la creación de la plaza de Fiscal Superior Transitoria, es en razón a que el Distrito Fiscal de La Libertad es uno de los de mayor incidencia en criminalidad a nivel nacional, después del Distrito Fiscal de Lima, generando un incremento en la carga procesal, circunstancia que exige dedicación exclusiva para el cabal cumplimiento de los plazos en las investigaciones, la revisión de los expedientes para pronunciamiento y el estudio de las carpetas para las audiencias respectivas. La plaza de Fiscal Superior Transitoria, antes señalada, cuenta con presupuesto asignado, solventado con la transferencia de los recursos económicos de dicha Presidencia, así como, con los saldos del presupuesto de la Unidad Ejecutora de La Libertad. Que, la prórroga de la vigencia de la plaza fi scal materia de la Resolución citada en el primer párrafo, está sustentada en el Informe N° 000172-2020-MP-FN-APPLALIBERTAD emitido por el Área de Plani fi cación y Presupuesto del Distrito Fiscal de La Libertad, el cual señala que se ha tomado como base la ejecución del ejercicio fi scal 2020 y lo programado por parte de órgano ejecutor para el año 2021 en el Mnemónico, dado que se considera como PIA 2021; por lo que, dicha plaza se afecta con cargo al presupuesto del Mnemónico 0002, según estructura funcional programática vigente para