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91 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2021 El Peruano / ocupan plazas transitorias con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, corresponde expedir el resolutivo mediante el cual se disponga la ampliación de sus nombramientos y designaciones, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2021. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia del nombramiento de la abogada Magali Erika Zumarán Ramírez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Libertad – Sede Trujillo, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2021. Artículo Segundo.- Prorrogar la vigencia del nombramiento de la abogada Iris Del Rocío Bernal Polo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Libertad – Sede Trujillo, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2021. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las fi scales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1916700-1 Amplían asignaciones temporales de fiscales a diversas fiscalías del Distrito Fiscal de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1509-2020-MP-FN Lima, 31 de diciembre de 2020VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3803-2019-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2019, se resolvió, entre otros, ampliar la asignación temporal como apoyo, a partir del 01 de julio de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2020, a la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia de Lima, de una de las plazas de Fiscal Adjunto Provincial que proviene de la desactivada Décima Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima; a la Fiscalía Suprema de Control Interno, una (01) plaza de Fiscal Provincial, proveniente de la Primera Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima; a la Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, una (01) plaza de Fiscal Provincial, proveniente de la Quinta Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima; y, a la Segunda Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en condición de Vulnerabilidad de Lima y Cuarta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, en razón de uno (01) y dos (02) Fiscales Adjuntos Provinciales de las desactivadas Séptima, Décima Segunda y Décima Primera Fiscalía Provincial Civil de Lima. Que, la Fiscal de la Nación, es la titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y e fi caz, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia. En ese sentido, considerando la necesidad de servicio, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente en el que se disponga la ampliación de las asignaciones temporales como apoyo de las plazas fi scales antes mencionadas, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021, debiendo considerarse que actualmente dichas plazas fi scales cuentan con personal fi scal que las ocupan, los mismos que deberán mantener su designación conforme a lo expuesto en la presente Resolución. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ampliar la asignación temporal como apoyo, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021, a la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia de Lima, de una de las plazas de Fiscal Adjunto Provincial que proviene de la desactivada Décima Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima. Artículo Segundo.- Ampliar la asignación temporal como apoyo, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, de una (01) plaza de Fiscal Provincial, proveniente de la Primera Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima. Artículo Tercero.- Ampliar la asignación temporal como apoyo, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021, a la Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, de una (01) plaza de Fiscal Provincial, proveniente de la Quinta Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima. Artículo Cuarto.- Ampliar la asignación temporal como apoyo, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021, a la Segunda Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en condición de Vulnerabilidad de Lima y Cuarta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, en razón de uno (01) y dos (02) Fiscales Adjuntos Provinciales de las desactivadas Séptima, Décima Segunda y Décima Primera Fiscalía Provincial Civil de Lima. Artículo Quinto.- Disponer que las designaciones del personal fi scal que ocupan las plazas señaladas en los artículos primero, segundo, tercero y cuarto, se mantengan conforme a lo expuesto en la parte considerativa en la presente Resolución. Artículo Sexto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, conforme a lo establecido en el artículo 157º, literales “c”, “j” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de Gestión por Resultados, aprobado en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020, con el propósito de que disponga las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1916701-1