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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2021 (06/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de enero de 2021 / El Peruano Nº 022-2016-VIVIENDA, constituyendo las Propuesta Final de cambio de zoni fi cación del SECTOR A3 de las Asociaciones de Vivienda 25 de Julio y Villa El Triunfo de Majuvi del Centro Poblado de San Antonio, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto – Moquegua; Que, con Informe Legal Nº 549-2020-GAJ/GM/MPMN de fecha 12-08-2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal señalando que es procedente que se apruebe mediante Ordenanza Municipal el CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SECTOR A3 DE LAS ASOCIACIONES DE VIVIENDA 25 DE JULIO Y VILLA EL TRIUNFO DE MAJUVI DEL CENTRO POBLADO DE SAN ANTONIO, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA, por lo que indica que se remita los actuados a la Comisión de Regidores para su conocimiento, evaluación, revisión y aprobación; POR CUANTO:El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto” en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26 de mayo del 2003, Ley Nº 8230 del 03 de abril de 1936 y Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 23-11-2020, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SECTOR A3 DE LAS ASOCIACIONES DE VIVIENDA 25 DE JULIO Y VILLA EL TRIUNFO DE MAJUVI DEL CENTRO POBLADO DE SAN ANTONIO, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA Artículo Primero.- APROBAR el Cambio de Zoni fi cación del SECTOR A3 DE LAS ASOCIACIONES DE VIVIENDA 25 DE JULIO Y VILLA EL TRIUNFO DE MAJUVI DEL CENTRO POBLADO DE SAN ANTONIO, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA, inscrito en la Partida Registral Nº 05002846 de la O fi cina Registral de Moquegua, con los siguientes linderos y medidas: POR EL NORTE: Colinda con la Calle Nº 01 en una línea recta de 121.40 m. POR EL SUR : Colinda con la Calle Nº 02 en una línea recta de 145.98 m. POR EL ESTE : Colinda con la Avenida Perimetral en una línea recta de 77.55m POR EL OESTE:Colinda con la Avenida San Antonio Este en una línea recta de 74.01m AREA :9,893.28 m2PERIMETRO : 418.95m. Artículo Segundo.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN, en el extremo expresado en el artículo primero. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial los trámites para la publicación en “El Peruano” y vigencia de la presente Ordenanza y al responsable de Informática para que publique en el portal web de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, la presente. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 1917147-1