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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2021 (19/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 112

112 NORMAS LEGALES Martes 19 de enero de 2021 / El Peruano la República para el distrito electoral de La Libertad en el marco de las EG 2021, puesto que la organización política recurrente no logró su inscripción en el ROP hasta el 22 de diciembre de 2020. 2.2. En efecto, si bien el recurrente solicitó su inscripción antes del 30 de setiembre de 2020, tal como lo estableció el numeral 4 de la sétima disposición transitoria de la LOP 5 (ver SN 1.6), lo cierto es que el 22 de diciembre de 2020 se produjo el cierre del ROP y como el procedimiento de inscripción estaba en periodo de tachas, la DNROP resolvió suspender el trámite y que se continúe cuando el ROP sea reabierto, conforme lo establece el artículo 82 del Reglamento de dicho registro. 2.3. Sobre el particular, cabe precisar que, a través de la Resolución Nº 0008-2021-JNE, del 5 de enero de 2021, emitida en el Expediente Nº JNE.2020038030, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró infundado el recurso de apelación planteado por el recurrente en contra de la Resolución Nº 290-2020-DNROP/JNE, que dispuso la suspensión del procedimiento de inscripción del citado partido político hasta que el Registro de Organizaciones Políticas sea reabierto después de un mes de concluido el proceso de Elecciones Generales 2021, por las razones ahí expuestas. Siendo así, a la fecha, la organización política Partido Frente de la Esperanza 2021 continúa en vías de inscripción. 2.4. Ahora, a diferencia de lo que sostiene el recurrente, se precisa que el procedimiento de inscripción de la organización política se redujo a un menor lapso en relación con el tiempo utilizado antes del contexto de la emergencia sanitaria, tal como se observa a continuación: 2.5. El apelante, además, aduce un trato discriminatorio frente a las organizaciones políticas ya inscritas, pues con estas sí se tomó en cuenta el estado de emergencia suscitado por la pandemia. Al respecto, debe precisarse que la fecha límite para que las organizaciones políticas ya inscritas se adecúen a lo establecido en la Ley Nº 30995 se superpuso con la declaratoria de aislamiento social obligatorio en todo el país (cuarentena), por lo que en mérito de las facultades reglamentarias atribuidas al Jurado Nacional de Elecciones, se emitió la Resolución Nº 0158-2020-JNE, del 15 de abril de 2020, que suspendió dicho plazo de adecuación. Esta situación no puede constituir una afectación al principio de igualdad, pues a dicha fecha, el recurrente y