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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2021 (27/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de enero de 2021 / El Peruano la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por MAYORÍA, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO EN VIRTUD DE LA APROBACION DEL DECRETO SUPREMO Nº 200-2020- PCM: “DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y DE LICENCIA PROVISIONAL DE FUNCIONAMIENTO PARA BODEGAS”, Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante la Ordenanza Nº 498-MSS, rati fi cado con Acuerdo de Concejo Nº 2358-MML y modi fi cado mediante Ordenanza Nº 588-MSS, rati fi cada con Acuerdo de Concejo Nº 583- MML, Decreto de Alcaldía Nº 36-2014-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 02-2015-MSS, Ordenanza Nº 555-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 01-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 10-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 25-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 19-2018-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 07-2019-MSS, Ordenanza Nº 609-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 08-2020-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 09-2020-MSS y Decreto de Alcaldía Nº 14-2020-MSS, adecuándolo al Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM: “Decreto Supremo que aprueba Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas”, conforme al Anexo 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR los derechos de tramitación de los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento conforme al siguiente cuadro: ITEMDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVODERECHO. TRÁMITE (S/) 09.01LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO (CON ITSE POSTERIOR)166.40 09.02LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (CON ITSE POSTERIOR)188.10 09.03LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (CON ITSE PREVIA)402.80 09.04LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (CON ITSE PREVIA)742.80 09.06LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (CON ITSE POSTERIOR)188.50 09.07LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (CON ITSE PREVIA)406.00 09.08LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (CON ITSE PREVIA)745.90 09.13LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA MERCADO DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (CON ITSE PREVIA)727.40 09.21TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA45.20ITEMDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVODERECHO. TRÁMITE (S/) 09.54LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CAMBIO DE GIRO46.30 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y el Anexo 01 en el Portal Institucional (www.munisurco.gob.pe). Artículo Cuarto.- PUBLICAR el TUPA y la disposición legal de modi fi cación en el Portal del diario o fi cial El Peruano y adicionalmente difundirlo a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado peruano y en el Portal Institucional conforme a lo dispuesto en el inciso 44.3 del artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo Económico y la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1922944-1 Designan integrantes de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2021 ACUERDO DE CONCEJO Nº 03-2021-ACSS Santiago de Surco, 18 de enero de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, teniendo en consideración la propuesta del señor Alcalde, para la conformación de la Comisión contra la Corrupción para el presente año, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 3° y 4° de la Ordenanza N° 102 del 26 de diciembre de 1996 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Decreto de Alcaldía N° 12-99-DASS del 10 de diciembre de 1999, la Ordenanza N° 454-MSS, modi fi cada por la Ordenanza N° 576-MSS y los artículos 109° y 110° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por MAYORÍA, aprobó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- DESIGNAR la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2021, la misma que estará conformada de la siguiente manera: