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44 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de enero de 2021 / El Peruano por las o fi cinas correspondientes, remite el expediente con opinión favorable para su aprobación mediante Acto Resolutivo. Que, el Pleno del Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ, en su Sesión Ordinaria de fecha 11 de noviembre de 2020, mediante Acuerdo Nº 659-2020-SO-CCO-UNAJ, acordó POR UNANIMIDAD, APROBAR la modi fi cación al Texto Único de Procedimientos Administrativos–TUPA, de la Universidad Nacional de Juliaca. En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la nueva Ley Universitaria Nº 30220, la Norma Técnica “Disposiciones para la Constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada bajo Resolución Vice Ministerial Nº 088-2017-MINEDU y el Estatuto de la UNAJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi catoria al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Universidad Nacional de Juliaca, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución, y que a folios veinte (20) forma parte del presente acto resolutivo. Artículo Segundo.- Mantener subsistente los demás extremos de la Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 175-2020-CCO-UNAJ, de fecha 12 de junio de 2020, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en el presente acto Resolutivo. Artículo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento de la Universidad Nacional de Juliaca cumpla con realizar la Publicación de la Presente Resolución en el Diario O fi cial el Peruano y en el Portal Institucional. Artículo Cuarto.- Disponer el cumplimiento y acatamiento de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional de Juliaca. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FREDDY MARTÍN MARRERO SAUCEDO PresidenteComisión Organizadora MADELEINE NANNY TICONA CONDORI Secretaria General * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1922472-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2021 del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000013-2021/JNAC/RENIEC Lima, 26 de enero de 2021.VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000005-2021/GPP/RENIEC (08ENE2021) y el Memorando N° 000121-2021/GPP/RENIEC (22ENE2021) de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, los Informes N° 000001-2021/GPP/SGPL/RENIEC (07ENE2021) y N° 000012-2021/GPP/SGPL/RENIEC (22ENE2021), de la Sub Gerencia de Plani fi cación de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorando N° 000039-2021/GG/RENIEC (18ENE2021) de la Gerencia General; el Informe N° 000152-2020/GAJ/SGAJA/RENIEC (25ENE2021) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000044-2021/GAJ/RENIEC (25ENE2021) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;CONSIDERANDO: Que por Ley N° 26497 se crea el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el numeral 13.3 del artículo 13° del Decreto Legislativo N°1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme la normativa vigente y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que por su parte, la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que conforme a lo dispuesto en la sección 6 de la mencionada Guía, la entidad elabora y aprueba su Plan Operativo Institucional (POI) Anual consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Año Fiscal 2021, con base en el POI Multianual, debiendo tomar la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto correspondiente, debiendo revisar que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), estableciendo el 31 de diciembre como plazo máximo para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 a través del Aplicativo CEPLAN y su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad; Que mediante Ley 31084 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 que, entre otros, incluye el Pliego Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC; a su vez, a través de la Resolución Jefatural N°212-2020/JNAC/RENIEC (29DIC2020) se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2021 del RENIEC; Que por su parte, a través de la Resolución Jefatural N° 91-2020/JNAC/RENIEC (27AGO2020) se aprueba el Plan Operativo Institucional Multianual 2021 - 2023 de RENIEC. Que a través de la Resolución Secretarial N° 000138-2019/SGEN-RENIEC (17DIC2019), se aprobó la Directiva DI-441-GPP/009, denominada “Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual”, en su primera versión, documento que norma el proceso y etapas de la formulación de los Planes Operativos de las diversas áreas del RENIEC; Que ante lo expuesto, mediante los documentos del visto la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto ha sustentado la necesidad de aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) para el Año Fiscal 2021, con e fi cacia anticipada al primer día hábil del presente año 2021, de conformidad con lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que dispone que, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos de terceros y que existiera, en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción;