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135 NORMAS LEGALES Jueves 11 de febrero de 2021 El Peruano / del plazo de sesenta (60) días calendario deben regular vía Ordenanza municipal, lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo; Que, mediante Informe N° 006-2021-SGCADE-GUO- MDMM el Sub Gerente de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico, emite su pronunciamiento técnico sobre el proyecto de Ordenanza, recomendando el horario a establecerse, la limpieza de la vía pública y los lugares de ubicación de los módulos de expendio de emolientes; Que, mediante Informe N° 024-2021-GAJ/MDMM, del Gerente de Asesoría Jurídica, emite opinión legal señalando que en las disposiciones que sustentan como base legal el proyecto de Ordenanza, no existe inconveniente de orden legal para su aprobación; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8. del artículo 9° y Artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, contando con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE REGULA Y PROMOCIONA LA PREPARACIÓN Y EXPENDIO O VENTA DE BEBIDAS ELABORADAS CON PLANTAS MEDICINALES EN LA VÍA PÚBLICA, COMO MICROEMPRESAS GENERADORAS DE AUTOEMPLEO PRODUCTIVO Artículo Primero.- APROBAR el Régimen que regula y promociona la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo en el distrito de Magdalena del Mar, el cual consta de trece (13) Capítulos, treintaitres (33) artículos y dos (02) Disposiciones Transitorias y Complementarias, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- DERÓGUESE toda disposición normativa que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- MODIFÍQUESE el régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza N° 012-2016-MDMM y sus modi fi catorias: Modi fi car los códigos 1500, 1501, 1502, 1503, 1504, 1509, 1511 y agregar los códigos 1516, 1517, 1518, 1519, 1520, 1521, 1522 y 1523 quedando tipi fi cado de la siguiente manera: CUADRO DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS FUNCIONAMIENTO DE KIOSKOS, MODULOS O AFINES (1500) % U.I.T. BASEMEDIDA COMPLEMENTARIANº CÓDIGO DESCRIPCION 351 1500 Por operar e instalarse en la vía pública sin autorización municipal. 100%MUY GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo 352 1501 Por realizar actividades fuera del horario establecido 50%GRAVERetiro temporal 353 1502 Por no exhibir en un lugar visible la autorización municipal. 30% GRAVE Retiro temporal 354 1503 Por no respetar su ubicación temporalmente asignada por la Municipalidad 90% GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo 355 1504 Por variar o pintar el diseño establecido por la autoridad municipal 100%MUY GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo 360 1509Por realizar conexiones clandestinas de algún suministro de servicio público o algún inmueble.100% MUY GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo 362 1511 Por desarrollar giros y/o actividad distinta a la autorizada. 100% MUY GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo - 1516Por no mantener limpia la zona de trabajo autorizado para la venta de emoliente.50% GRAVE Retiro temporal - 1517Por tener el kiosko, módulo o a fi nes en mal estado y no apto para la atención al publico50% GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo - 1518Por colocar cualquier tipo de material, sobre el techo, debajo o alrededor del kiosko, módulo o a fi nes.40% GRAVEDecomiso y retiro temporal - 1519Por comercializar bebidas alcohólicas, fármacos o estupefacientes en el interior o alrededor del kiosko, módulo o a fi nes.100% MUY GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo - 1520 Por conducir más de un kiosko, módulo o a fi nes. 90% GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo - 1521Por arrendar, transferir y/o vender el kiosko, módulo o a fi nes, una vez otorgada la Autorización Municipal.100% MUY GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo - 1522Por no contar con los implementos e indumentaria establecidos , para la venta de emoliente80% GRAVEDecomiso y retiro de fi nitivo - 1523 Por no mantener el necesario aseo personal para la venta de emoliente 80% GRAVEDecomiso y retiro temporal