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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (15/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Lunes 15 de febrero de 2021 El Peruano / Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, con e fi cacia anticipada al 7 de febrero de 2021, la designación de la señora KATIANNA ELIZABETH DOLORES BALDEON CAQUI, al cargo de Directora General, Nivel F-5, de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias póstumas por su destacada labor y servicios prestados al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1927802-1 Designan funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2021/MINSA Lima, 12 de febrero del 2021Visto; el expediente Nº 21-004367-001, que contiene la Nota Informativa Nº 047-2021-OTRANS-SG/MINSA de la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción; y la Nota Informativa Nº 103-2021-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo señalado en los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, asimismo, el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 27806, señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, de otro lado, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 825-2005/MINSA, se establecieron los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en el Ministerio de Salud y órganos desconcentrados, de acuerdo a la información que éstos posean o se encuentre bajo su control, dentro de las dependencias directamente a su cargo; Que, el literal c) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias, establece que la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción tiene entre otras funciones, realizar acciones que garanticen el derecho de acceso a la información; Que, en atención a las disposiciones antes señaladas y lo informado mediante los documentos del Visto, corresponde designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la Administración Central del Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS; el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al/a la Director/a Ejecutivo/a de la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del Ministerio de Salud, como responsable de brindar la información que se solicite a la Administración Central del Ministerio de Salud, al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; quedando modi fi cados en dicho sentido los literales a) y b) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 825-2008/MINSA. Artículo 2.- Las Direcciones y O fi cinas Generales de la Administración Central del Ministerio de Salud, se encuentran obligadas, bajo responsabilidad, a facilitar en el plazo establecido la información y/o documentación que solicite el/la Director/a Ejecutivo/a de la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del Ministerio de Salud, en el marco de las solicitudes formuladas al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 3.- Los documentos de gestión interna del Ministerio de Salud, relacionados con el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, serán adecuados a lo señalado en la presente Resolución Ministerial. La O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General es responsable de gestionar dicha adecuación. Artículo 4.- Las solicitudes de acceso a la información pública que se encuentren en trámite a la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial, continuarán su atención y trámite por la Dirección u Ofi cina General del Ministerio de Salud que recibió dicha solicitud, sin que ello afecte los plazos y procedimientos establecidos en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1927802-2 Aprueban el Documento Técnico: Manual de Implementación del Modelo de Cuidado Integral de Salud por Curso de Vida para la Persona, Familia y Comunidad (MCI) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2021/MINSA Lima, 12 de febrero del 2021