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8 NORMAS LEGALES Lunes 15 de febrero de 2021 / El Peruano VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Director Ejecutivo del Programa Nacional de Vivienda Rural RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2021-VIVIENDA Lima, 12 de febrero de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Luis Alberto Sánchez Ballesteros, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1927758-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual (POIM) 2021 - 2024 del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 003-2021-IIAP-P Iquitos, 25 de enero de 2021Visto: el Informe Nº 02-2021-IIAP-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 07-2021-IIAP-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 23374 se creó el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana – IIAP, modi fi cada con el Decreto Legislativo Nº 1429 Decreto Legislativo que actualiza y fortalece los órganos colegiados del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, como un Organismo Técnico Especializado con personería jurídica de derecho público interno y autonomía económica y administrativa;Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) aprueba la modi fi catoria de la “Guía para el Planeamiento Institucional” con el objetivo de establecer las pautas para la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEl) y del Plan Operativo Institucional (POl) en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que la entidad debe elaborar y aprobar el POI Multianual, por un periodo no menor de tres (3) años respetando el periodo de vigencia del PEI, con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias; Que, el literal a) del artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2019-MINAM, establece que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto es la responsable elaborar, actualizar y proponer a la Gerencia General el Plan Operativo Institucional, conforme a la normativa vigente y los lineamientos del sector; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado el POI Multianual 2021-2024 en coordinación con la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional y los órganos integrantes de la estructura orgánica, las cuales han remitido la información correspondiente a la programación de sus actividades operativas e inversión para el periodo 2021 – 2024; Que, mediante Informe Nº 02-2021-IIAP-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, propone y sustenta la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual (POIM) 2021-2024 del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, señalando que este instrumento de gestión guarda consistencia técnica con los lineamientos establecidos en la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada por el CEPLAN, y las Acciones Estratégicas Institucional (AEI) contenidas en cada Objetivo Estratégico Institucional (OEI) del PEI 2020 – 2024. Que, con fecha 22 de julio 2020, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del IIAP ya contaba con el documento de gestión del POIM 2021-2024, que se encontraba en estado aprobado en el aplicativo CEPLAN V.01. El mencionado documento indicaba sobre sí, en la sección Presentación que, …“ se pone a consideración del Consejo Directivo para su aprobación respectiva, conforme a las atribuciones conferidas en el ROF ”; párrafo que contiene un error de interpretación, ya mediante Decreto Supremo Nº 007-2019-MINAM, artículo 15, inciso j) prescribe que es función de la Presidencia Ejecutiva aprobar el Plan Operativo Institucional y sus modi fi caciones con arreglo a la normatividad vigente; atendiendo a que el Plan Operativo Institucional Multianual – POIM 2021- 2024 no fue aprobado con anterioridad por las razones expuestas en el Informe Nº 02-2021-IIAP-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, por lo que amerita que sea aprobado para la elaboración de los POIs anuales respectivos. Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordena de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece la e fi cacia anticipada del acto administrativo, al prescribir: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no se lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legítimamente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”; Que, mediante Informe Nº 07-2021-IIAP-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable aprobar el Plan Operativo Institucional Multianual – POIM 2021- 2024, consignando que a la fecha 22 de julio 2020, se encontraba en estado aprobado en el aplicativo CEPLAN V.01; Estando con el visado del Gerente General, de la Jefa (e) de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la O fi cina de Administración, y de la Jefa (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo