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3 NORMAS LEGALES Martes 16 de febrero de 2021 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aceptan renuncia de Ministra de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2021-PCM Lima, 15 de febrero de 2021 Vista la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, formula la señora Esther Elizabeth Astete Rodriguez; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, formula la señora Esther Elizabeth Astete Rodriguez. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros 1928127-2 Nombran Ministro de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2021-PCM Lima, 15 de febrero de 2021 Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros; De conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, al señor Edward Allan Wagner Tizón. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros 1928127-3 Dejan sin efecto las gracias a ex Ministra de Salud, que se le diera por los servicios prestados a la Nación, a través de la Resolución Suprema N° 014-2021-PCM RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2021-PCM Lima, 15 de febrero de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 014-2021- PCM se acepta la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Salud, formulara la señora Pilar Elena Mazzetti Soler; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación; Que, en horas de la tarde del día 15 de febrero de 2021, la citada ex funcionaria comunica a la Presidenta del Consejo de Ministros hechos que motivan el dejar sin efecto las gracias que se le dio, a través de la Resolución Suprema Nº 014-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto las gracias a la señora Pilar Elena Mazzetti Soler que se le diera por los servicios prestados a la Nación, a través de la Resolución Suprema Nº 014-2021-PCM. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros 1928126-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a personas con discapacidad severa en situación de Pobreza - CONTIGO RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 000011-2021-MIDIS/PNPDS-DE Magdalena del Mar, 12 de febrero de 2021VISTOS: El Memorando Nº 000006-2021-MIDIS/PNPDS- DE emitido por la Dirección Ejecutiva, el Informe Nº 000058-2021-MIDIS/PNPDS-CRHU emitido por la Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, el Memorando Nº 000050-2021-MIDIS/PNPDS-UPPM emitido por la Unidad de Planeamiento Presupuesto y Modernización, el Memorando Nº 000081-2021-MIDIS/PNPDS-UA emitido por la Unidad de Administración, el Informe Nº 000028-2021-MIDIS/PNPDS-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa CONTIGO y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015- MIMP se creó el “Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza”, en el ámbito del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para otorgar una pensión no contributiva a cargo del Estado a las personas con discapacidad severa en situación de pobreza que cumplan con los requisitos allí establecidos; Que, con Decreto de Supremo Nº 008-217-MIDIS, se aprueba la transferencia del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables al Ministerio de Desarrollo Inclusión Social; modi fi cándose su denominación a “Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a personas con discapacidad severa en