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10 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / gato comunitario, es independiente y no tiene restricciones territoriales. Su origen puede ser el abandono o el haber nacido en las calles, pero confía y socializa con los humanos. h. Zoonosis. Cualquier enfermedad y/o infección que es naturalmente transmisible desde animales vertebrados al hombre. i. Acciones de intervención directa para perros y gatos. Actividades orientadas principalmente a la esterilización de perros y gatos sin dueño o tenedor, a través de estrategias que garanticen operaciones quirúrgicas adecuadas y un tratamiento post operatorio pertinente. Requieren estrategias de captura, esterilización y retorno a la calle, así como campañas de esterilización de amplio alcance promovidas por los gobiernos locales. j. Precio costo. Monto monetario equivalente al precio de los insumos y servicios veterinarios necesarios para llevar a cabo las actividades de manejo poblacional humanitario de perros y gatos. Estos costos incluyen la operación quirúrgica y los cuidados postoperatorios adecuados. Esto signi fica tener un margen de ganancias igual a cero. k. Precio humanitario. Monto monetario menor al precio costo de las actividades de manejo poblacional humanitario de perros y gatos, a través de estrategias de co financiamiento público y/o privado. l. Tenencia y convivencia responsable. Conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener un animal de compañía y que consisten, entre otras, en proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados indispensables para su debido bienestar y no someterlo a sufrimientos evitables. TÍTULO II ESTERILIZACIÓN COMO COMPONENTE DE LA POLÍTICA NACIONAL DE SALUD PÚBLICA Artículo 5. Alcances de la esterilización como componente de la política nacional de salud pública La esterilización es un componente de la política nacional de salud pública y se establece como el método principal en los programas de salud para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos. La esterilización es complementaria a la vacunación en los programas de prevención y control de las enfermedades zoonóticas y metaxénicas generadas por estos animales en el territorio nacional. La esterilización también es parte central de las estrategias de promoción de tenencia y convivencia responsable, así como de protección y conservación ambiental. Se prioriza la implementación de acciones de esterilización en las regiones con presencia de casos de rabia canina; altos niveles de población de canes y felinos abandonados, sin hogar o ferales; con distritos en situación de pobreza y pobreza extrema; y en las zonas que han sido declaradas en estado de emergencia por desastre natural. Los procedimientos quirúrgicos de esterilización son realizados por médicos veterinarios colegiados y habilitados. La esterilización de perros y gatos se considera como una estrategia prioritaria de promoción de la tenencia y convivencia responsable. Artículo 6. Deberes del Estado El Estado, a través de los sectores competentes, promueve, facilita y garantiza la implementación del manejo poblacional humanitario de perros y gatos, y de forma prioritaria, programas de esterilización a precio costo y a precio humanitario, con técnicas adecuadas. Artículo 7. Financiamiento Los gastos relacionados a la esterilización o promoción de la esterilización de perros y gatos son considerados como gastos de salud pública, de educación ambiental y de promoción del bienestar animal en el marco de los pliegos presupuestales correspondientes. Estas actividades pueden ser financiadas por la cooperación internacional o nacional, alianzas público-privadas, el sector privado, entre otros. CAPÍTULO I LA ESTERILIZACIÓN EN LA POLÍTICA NACIONAL DE SALUD PÚBLICA Artículo 8. Obligaciones del Ministerio de Salud El Ministerio de Salud como responsable de la salud pública y ente rector del control de zoonosis en el Perú, tiene las siguientes obligaciones: 1. Desarrollar los mecanismos necesarios para la inclusión, priorización y promoción de la esterilización de perros y gatos en las estrategias y programas presupuestales de enfermedades metaxénicas y zoonóticas, principalmente en las regiones que registran presencia de casos de rabia canina y humana y/o un alto nivel poblacional de perros y gatos ferales, sin hogar o comunitarios. 2. Generar el protocolo quirúrgico que garantice el bienestar del animal durante el preoperatorio, durante la intervención y el postoperatorio. 3. Incluir en el programa presupuestal actividades en materia de educación sanitaria que comprendan la esterilización y capacitación de personal con estos fines. 4. Promover y coordinar las acciones de manejo poblacional humanitario de perros y gatos con los gobiernos regionales y locales, las escuelas y los colegios profesionales, las organizaciones protectoras de animales y la sociedad civil. 5. Modi ficar las normas técnicas relacionadas con la vigilancia, prevención y control de enfermedades zoonóticas para la implementación de prácticas humanitarias que generen el menor sufrimiento posible a los animales atendidos. 6. Coordinar con el Ministerio de Educación la incorporación en los contenidos educativos de la esterilización de perros y gatos como estrategia principal del manejo poblacional humanitario para mejorar el bienestar animal y como estrategia de salud pública y educación ambiental. CAPÍTULO II LA ESTERILIZACIÓN EN LOS PROGRAMAS DE SANIDAD ANIMAL DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES Artículo 9. Obligaciones de los gobiernos regionales y los municipios locales Los gobiernos regionales y los municipios locales, en ejercicio de sus competencias y funciones en materia de salud pública y de control de la sanidad animal, son responsables de: 1. Implementar y/o facilitar el desarrollo de programas, campañas y acciones de esterilización con vocación de permanencia y amplio, primera atención y los que requiere auxilio inmediato alcance que se realizarán a precios humanitarios, priorizando los sectores más vulnerables de la sociedad estipuladas en el artículo 5 de la presente ley. En el caso de animales sin hogar, comunitario o ferales, los gobiernos regionales y locales deberán realizar acciones de intervención directa. Estas labores podrán ser realizadas en alianza con las organizaciones de protección animal de la sociedad civil y servicios veterinarios privados. 2. Diagnosticar la situación poblacional de todos los perros y gatos de su jurisdicción para generar estrategias y planes de manejo