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31 NORMAS LEGALES Sábado 31 de julio de 2021 El Peruano / Por Construcción sin Licencia del año 2020 al 2021 Código 5.1.1. Descuentos hasta el 70%“Por ejecutar o haber ejecutado obras de edi fi cación que no transgredan las normas urbanísticas y edifi catorias sin Licencia de Edi fi cación” Código 5.1.2.“Por ejecutar o haber ejecutado obras de edi fi cación que transgredan las normas urbanísticas y edifi catorias sin licencia de Edi fi cación”. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La cancelación total del monto adeudado por concepto de tributos municipales y multas administrativas en estado coactivo, conllevará la suspensión de su procedimiento de cobranza coactiva y levantamiento de las medidas cautelares que existieran al respecto, conforme a la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y modi fi catorias del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. En tanto no se produzca el pago indicado el procedimiento coactivo continuará el trámite, por lo que resultaría viable disponer las medidas cautelares que correspondan. Segunda.- Los administrados que se acojan voluntariamente al bene fi cio dispuesto en la presente ordenanza, reconocen tácitamente la deuda y/o la comisión de la infracción objeto de pago; por lo cual, en caso el obligado tuviera en trámite cualquier tipo de reclamo o impugnación contra la deuda que se desea pagar, para acogerse a la presente ordenanza, deberá presentar el correspondiente desistimiento ante la autoridad administrativa. Tercera.- El pago de las multas administrativas no libera al infractor de la subsanación o regularización del hecho que originó la sanción, es decir, la medida complementaria es ejecutable, siempre y cuando no se haya regularizado la conducta infractora. Cuarta.- Facultar al Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chorrillos para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y aplicación de la presente ordenanza, así como establecer prórrogas de la vigencia de la misma. Quinta.- La Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Rentas, brindarán a los interesados la información necesaria para que se acojan adecuadamente a los alcances de la presente ordenanza, a través de los diferentes canales de atención de la Municipalidad. Sexta.- Derogar toda norma del mismo rango que se oponga a la presente ordenanza. Sétima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, una vez realizada su publicación, disponiéndose su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 1977437-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 311-MDSL/C, que aprobó la Ordenanza que establece incentivos tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de San Luis DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2021-DA/MDSL San Luis, 27 de julio de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO:El Informe Legal 258-2021-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 086-2021-GSAT/MDSL de la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria; entre otros; sobre la prórroga del vencimiento de la Ordenanza Nº 311-MDSL; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, (...) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo el artículo 42º de la norma citada prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal; Que, el artículo quinto de la Ordenanza Nº 311- MDSL, se aprobó la Ordenanza que establece incentivos tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de San Luis, la misma que fue publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 23 de junio de 2021, estableció que el plazo de vigencia 31 de julio de 2021; Que, en ese contexto la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria a través del Informe Nº 086 -2021-MDSL-GAT, propone prorrogar la vigencia del bene fi cio establecido mediante Ordenanza Nº 311-MDSL/C, la cual otorga incentivos tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de San Luis; hasta el 31 de agosto del presente año; ello con fi nalidad de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que mantengan obligaciones tributarias pendientes de cancelación; toda vez que existen vecinos que aún no han podido acogerse al bene fi cio establecido. De igual modo, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 258-2021-MDSL-GAJ opina procedente emitir el decreto de alcaldía respectivo; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto de 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 311-MDSL/C que aprobó la Ordenanza que establece incentivos tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de San Luis; Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicio Administración Tributaria, a la Subgerencia de Administración y Recaudación Tributaria y a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis.gob.pe y el portal electrónico del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID RICARDO VLADIMIR ROJAS MAZA Alcalde 1977529-1