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30 NORMAS LEGALES Sábado 31 de julio de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Ordenanza que establece beneficios tributarios y no tributarios a los contribuyentes del distrito de Chorrillos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 414-2021/MDCH Chorrillos, 27 de julio del 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; VISTOS: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Chorrillos en Sesión Ordinaria de fecha 27 de julio del 2021. Visto el Informe Nº 0155-2021-MDCH-GAT de fecha 22 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorándum Nº 101-2021-MDCH-GSC-SFA de fecha 22 de julio de 2021, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el Informe Nº 0879-2021-MDCH-GAT-SR de fecha 14 de julio de 2021, emitido por la Subgerencia de Rentas, el Memorándum Nº 454-2021-MDCH/GPP de fecha 22 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº 072-2021-MDCH/GPP-AFPI de fecha 22 de julio de 2021, emitido por el Área Funcional de Planeamiento Institucional, el Memorándum Nº 0546-2021-MDCH-GAT-SEC de fecha 23 de julio de 2021, emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, el Informe Nº 0057-2021-MDCH-GAT-SFT de fecha 23 de julio de 2021, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el Informe Nº 317-2021/SOPR-GDU-MDCH de fecha 23 de julio de 2021, emitido por la Subgerencia de Obras Privadas y Control Urbano, el Informe Nº 0983-2021-MDCH-GAT-SR de fecha 23 de julio de 2021, emitido por la Subgerencia de Rentas, el Informe Nº 204-2021-GAJ-MDCH de fecha 23 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 777-2021-MDCH-GM de fecha 24 de julio de 2021, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. (...)”; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que, excepcionalmente, los gobiernos locales pueden condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, siendo que en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al tributo (insoluto); Que, mediante Informe Nº 0879-2021-MDCH-GAT-SR de fecha 14 de julio de 2021, la Subgerencia de Rentas propone la aprobación de la Ordenanza que establece Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en bene fi cio de los contribuyentes del Distrito de Chorrillos hasta el 31 de agosto del 2021, esto debido a que la economía del país se encuentra en etapa de reactivación y habiéndose extendido el estado de Emergencia Nacional, conforme lo dispone el Decreto Supremo 105-2021-PCM por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; por tanto, resulta necesario brindar facilidades a los vecinos chorrillanos, a fi n puedan cumplir con sus obligaciones tributarias con la Municipalidad de Chorrillos; Que, mediante Memorándum 454-2012-MDCH/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Técnico Nº 072-2021-MDCH/GPP-AFPI del Área Funcional de Planeamiento Institucional, el cual opina favorablemente y recomienda que se realicen coordinaciones con la Subgerencia de Obras Privadas y Control Urbano, Subgerencia de Fiscalización Administrativa, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, y estas emitan opinión respecto al Proyecto de Ordenanza de Bene fi cios Tributarios y No Tributarios. Que, con el Informe Nº 204-2021-GAJ/MDCH de fecha 23 de julio de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto del proyecto de ordenanza elaborado por la Subgerencia de Rentas, por encontrarse legalmente sustentada y conforme a los fundamentos técnicos expuestos y a la normatividad vigente; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores se aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE CHORRILLOS Artículo Único.- OTORGAR hasta el 31 de agosto del 2021, Bene fi cios Tributarios y No Tributarios especiales a los contribuyentes del Distrito de Chorrillos, de acuerdo al siguiente detalle: Bene fi cios Tributarios: ConceptoDescuento de InteresesEjerciciosDescrip- cióndescuentos de InsolutoDescuentos de Reajustes/ Costas/ Gastos Impuesto Predial 100%Todos TodosNo aplica 100%Arbitrios MunicipalesHasta el año 201640% 2017 al 202020% 2021Persona Natural15% Persona Jurídica5% Multas TributariasTodos Todos 100% Bene fi cios no Tributarios: - Multas Impuestas por la Subgerencia de Fiscalización Administrativa: ConceptoHasta el año 20192020 Insoluto de Multas Administrativas 80% 70% Costas/Costos 100% 100% - Multas Impuestas por la Subgerencia de Obras Privadas y Control Urbano: % Descuento según Tipo de Multa Por Construcción sin Licencia hasta el año 2019 Código 5.1.1. Descuentos hasta el 80%“Por ejecutar o haber ejecutado obras de edi fi cación que no transgredan las normas urbanísticas y edifi catorias sin Licencia de Edi fi cación” Código 5.1.2.“Por ejecutar o haber ejecutado obras de edifi cación que transgredan las normas urbanísticas y edi fi catorias sin licencia de Edi fi cación”.