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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (15/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 15 de junio de 2021 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban la Directiva N° 00001-2021- ARCC/DE “Disposiciones para las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y Extorno de Saldos Financieros a favor del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 00071-2021-ARCC/DE Lima, 14 de junio de 2021VISTOS: El Informe N° 00389-2021-ARCC/GG/OAJ y el Informe N° 00106-2021-ARCC/GG/OPP de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - ARCC; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Legislativo N° 1440, se regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, como sistema administrativo integrante de la Administración Financiera del Sector Público y se establece que aquel es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que conducen el proceso presupuestario de las Entidades Públicas; Que, conforme al artículo 33 del acotado Decreto Legislativo N° 1440, la fase de Ejecución Presupuestaria se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada año fi scal, periodo en el que se perciben los ingresos públicos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los créditos presupuestarios autorizados en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público y sus modi fi caciones; Que, en el artículo 57 de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021, se establecen los lineamientos y disposiciones relacionados a las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y el extorno de saldos fi nancieros a favor del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales – FONDES; Que, en dicho contexto y teniendo en cuenta que a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0008-2020-ARCC/DE se aprobó el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, estableciéndose una nueva estructura para el funcionamiento y operatividad de la institución, resulta necesario aprobar disposiciones técnico-operativos que orienten los procedimientos de solicitud, trámite y aprobación de las modi fi caciones presupuestales en el nivel institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y los extornos de saldos fi nancieros a favor del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales – FONDES, en atención a lo sustentado por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto en el Informe N° 00106-2021-ARCC/GG/OPP; Que, el literal f) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30556 establece que la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios tiene como función emitir, dentro del marco de sus competencias, directivas de carácter vinculante para las Entidades Ejecutoras de los tres niveles de Gobierno, a efectos de garantizar el cumplimiento oportuno de los objetivos de la Ley; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la Directiva “Disposiciones para las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y Extorno de Saldos Financieros a favor del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales”; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar la Directiva N° 00001-2021-ARCC/DE “Disposiciones para las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y Extorno de Saldos Financieros a favor del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales”. Artículo 2 .- Derogación Derogar la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0060-2019-RCC/DE que aprobó la Directiva N° 008-2019-RCC/DE “Lineamientos para el extorno de recursos a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales y modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente resolución y su Anexo sean publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Vigencia Establecer que la Directiva aprobada en el artículo 1 entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.AMALIA MORENO VIZCARDO Directora EjecutivaAutoridad para la Reconstrucción con Cambios DIRECTIVA N° 00001-2021-ARCC/DE DISPOSICIONES PARA LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL INSTITUCIONAL A FAVOR DE LA AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS Y EL EXTORNO DE SALDOS FINANCIEROS A FAVOR DEL FONDO PARA INTERVENCIONES ANTE LA OCURRENCIA DE DESASTRES NATURALES I. OBJETIVO Establecer disposiciones y procedimientos para el trámite y aprobación de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante, ARCC) y de los extornos de saldos fi nancieros a favor del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (en adelante, FONDES). II. ALCANCE Lo establecido en la presente Directiva, es de aplicación obligatoria para la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y las Entidades Ejecutoras del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, que fueron autorizadas a incorporar recursos en sus respectivos presupuestos institucionales con cargo a los recursos del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales, en el marco de la implementación del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios.