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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (15/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 15 de junio de 2021 El Peruano / b) Designar y reconformar a los integrantes de los Comités de Selección de los procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, de Subasta lnversa Electrónica, para adquisición de bienes por catálogo electrónico de acuerdo marco (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simpli fi cada) y Selección de Consultores Individuales, para la contratación de bienes, servicios y consultorías a su cargo. Precisar que para el caso de la Dirección Zonal Arequipa, la designación y reconformación de los integrantes de los Comités de Selección que correspondan a la adquisición de bienes sólo a través de procedimientos de selección de Subasta Inversa Electrónica serán hasta el tope del procedimiento de selección de Licitación Pública. c) Aprobar las Bases Administrativas elaboradas por el Comité de Selección de los procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, de Subasta Inversa Electrónica, para adquisición de bienes por catálogo electrónico de acuerdo marco (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simpli fi cada), para la contratación de bienes, servicios consultorías; así como la solicitud de expresión de interés para el caso de la Selección de Consultores Individuales para la contratación del servicio de consultorías, dentro de los parámetros establecidos en los literales precedentes. Precisar que para el caso de la Dirección Zonal Arequipa, la aprobación de Bases Administrativas que correspondan a la adquisición de bienes sólo a través de procedimientos de selección de Subasta Inversa Electrónica serán hasta el tope del procedimiento de selección de Licitación Pública. d) Suscribir y modi fi car los contratos y sus adendas, derivados de procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, de Subasta Inversa Electrónica, para adquisición de bienes por catálogo electrónico de acuerdo marco (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simpli fi cada), Comparación de Precios y Selección de Consultores Individuales relativo a adquisición de bienes, servicios y consultorías; tomando en cuenta lo establecido en la normativa de contrataciones vigente y aplicable al caso concreto. La modi fi cación de los contratos se perfeccionará de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado que se encuentre vigente. Precisar que para el caso de la Dirección Zonal Arequipa, la suscripción, modi fi cación de los contratos y sus adendas que correspondan a la adquisición de bienes sólo a través de procedimientos de selección de Subasta Inversa Electrónica serán hasta el tope del procedimiento de selección de Licitación Pública. e) Suscribir contratos complementarios derivados de procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, de Subasta lnversa Electrónica, para adquisición de bienes por catálogo electrónico de acuerdo marco (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simpli fi cada), Comparación de Precios y Selección de Consultores lndividuales, relativos a adquisición de bienes, servicios y consultorías. Precisar que para el caso de la Dirección Zonal Arequipa, la suscripción de contratos complementarios que correspondan a la adquisición de bienes sólo a través de procedimientos de selección de Subasta Inversa Electrónica serán hasta el tope del procedimiento de selección de Licitación Pública. f) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, de Subasta lnversa Electrónica, para adquisición de bienes por catálogo electrónico de acuerdo marco (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simpli fi cada), Comparación de Precios y Selección de Consultores lndividuales, por causal debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en la normativa de contrataciones del estado vigente, para la adquisición de bienes, servicios y consultorías dentro de sus competencias y ámbito territorial. Precisar que para el caso de la Dirección Zonal Arequipa, la cancelación total o parcial que correspondan a la adquisición de bienes sólo a través de procedimientos de selección de Subasta Inversa Electrónica serán hasta el tope del procedimiento de selección de Licitación Pública. g) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de bienes, servicios y consultorías dentro de sus competencias y ámbito territorial, de los procedimientos de selección derivados de Adjudicación Simpli fi cada, de Subasta Inversa Electrónica, para adquisición de bienes por catálogo electrónico de acuerdo marco (hasta el tope del procedimiento de selección de Adjudicación Simpli fi cada), Comparación de Precios y Selección de Consultores individuales. Precisar que para el caso de la Dirección Zonal Arequipa, la resolución de ampliaciones de plazo que correspondan a la adquisición de bienes sólo a través de procedimientos de selección de Subasta Inversa Electrónica serán hasta el tope del procedimiento de selección de Licitación Pública. h) Resolver los contratos y sus adendas, derivados de los procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, de Subasta lnversa Electrónica, para adquisición de bienes por catálogo electrónico de acuerdo marco (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simpli fi cada), Comparación de Precios y Selección de Consultores individuales, relativos a adquisición de bienes, servicios y consultorías, tomando en cuenta lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado. Precisar que para el caso de la Dirección Zonal Arequipa, la resolución de contratos y sus adendas que correspondan a la adquisición de bienes sólo a través de procedimientos de selección de Subasta Inversa Electrónica serán hasta el tope del procedimiento de selección de Licitación Pública.” Articulo Segundo.- DISPONER la comunicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la O fi cina de Administración, a la Dirección Adjunta, a la O fi cina de Asesoría Legal y a la Direcciones Zonales de Huánuco para su conocimiento y fi nes correspondientes. Articulo Tercero.- DISPONER que la O fi cina de Administración y la O fi cina de Asesoría Legal, en el ámbito de sus competencias, ejecuten las actividades señaladas en los párrafos tercero y cuarto del numeral 3.4 del Informe Legal N° 188-2021-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRORURAL-DE/OAL, ello de acuerdo a lo señalado en el literal i) del artículo 17 y el literal o) del artículo 18 del Manual de Operaciones de AGRORURAL. Articulo Cuarto.- DISPONER que la O fi cina de Administración realice un monitoreo y acompañamiento de las acciones materia de delegación en las Direcciones Zonales, y cumpla con informar trimestralmente a la Dirección Ejecutiva la evaluación del desarrollo de los procedimientos de selección a fi n de determinar el impulso generado para los planes previstos y/o en su defecto, identi fi car debilidades, que permita adoptar oportunamente las acciones correctivas necesarias, y evitar la generación de contingencias para la Entidad. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano, precisándose que la vigencia de la misma entra en vigor desde el día siguiente de dicha publicación; asimismo, DISPÓNGASE la publicación adicionalmente en el portal institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL, www.agrorural.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora EjecutivaPrograma de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1963157-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 105-2021-MIDIS Lima, 14 de junio de 2021