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71 NORMAS LEGALES Martes 22 de junio de 2021 El Peruano / VIABILIZAR LA OBTENCIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS DE ELECTRIFICACIÓN, AGUA Y ALCANTARILLADO, LO CUAL NO CONSTITUIRÁ RECONOCIMIENTO ALGUNO DE DERECHOS QUE AFECTEN LA PROPIEDAD DE SU TITULAR”. Artículo 8º.- PLAZOS Y VIGENCIA Establézcase el plazo de 180 días calendario, desde que entre en vigencia la presente Ordenanza (publicación en el Diario O fi cial el Peruano), para que las organizaciones vecinales o la población presenten las solicitudes respectivas ante la Municipalidad, pudiendo ser prorrogable, facultándose al despacho de alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía emita los dispositivos necesarios para su mejor aplicación y de ser el caso ampliar la vigencia. Artículo 9º.- CAUSALES PARA LA DENEGATORIA DEL RECONOCIMIENTO DE LA VISACION DE PLANOS Y MEMORIA DESCRIPTIVA PARA VIABILIZAR EL ACCESO A SERVICIOS BASICOS No se aprobará el reconocimiento de los planos de trazado y lotización para la Visación de Planos, en los siguientes casos: a) Zonas de alto o muy alto riesgo, no mitigable. b) Zonas reservadas para la Defensa Nacional.c) Áreas Naturales protegidas: zonas catalogadas como ecosistema Frágil de Lomas Costeras aprobadas con Resolución del Ministerio Agricultura y Riego. d) Zonas que encuentren dentro de la SBN posteriores a lo que indique la Ley Nº 31053 “LEY QUE AMPLIÁ LOS PLAZOS DE LA TITULACIÓN DE TERRENOS OCUPADOS POR POSESIÓNES INFORMALES Y DICTA MEDIDAS PARA LA FORMALIZACIÓN” en el artículo 3º inciso 1) que indica que: “La presente ley comprende aquellas posesiones informales referidas en el artículo anterior, que se hubiesen constituido sobre inmuebles de propiedad estatal, hasta el 31 de diciembre de 2015”. e) Derecho de vía de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras; poblaciones que se encuentren ocupando vías metropolitanas consideradas en la Ordenanza Nº 341-MML y vías públicas que cuenten con saneamiento a través de COFOPRI o Habilitaciones Urbanas aprobadas. f) Zonas que se encuentren en Otros Usos como: Áreas educativas, de Salud, Zonas de Recreación Pública, Zonas Deportivas y otros equipamientos urbanos. g) Áreas ubicadas en Zonas arqueológicas o los que se constituyan patrimonio cultural de la Nación. h) Áreas que se encuentren dentro de las distancias mínimas a redes eléctricas e instalaciones debajo de la franja de servidumbre de alta tensión, indicadas en el D.S. Nº 009-93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones eléctricas y el Código Nacional de Electricidad. i) Zonas de playa, zonas de dominio restringido y/o Zonas que se encuentren dentro de los 50 metros de línea de alta marea, conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 26856 y el artículo 3º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 050-2006-EF. j) Zonas que no se encuentren como posesiones informales asentadas dentro de la jurisdicción distrital de Pucusana. Artículo 10º.- CONDICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DEL RECONOCIMIENTO LA VISACION DE PLANOS Y MEMORIA DESCRIPTIVA PARA VIABILIZAR EL ACCESO A SERVICIOS BASICOS a) Los posesionarios deberán estar posesionados de manera continua y pací fi ca. b) No estar previstos en el artículo 9º de la presenta Ordenanza. c) Para Zonas ubicadas en AP (Agropecuario) al momento de la inspección, se deberá constar la plantación de dos (02) arboles de bajo consumo de agua o xeró fi tas en el frente cada lote, así como contemplar un área de forestación en la periferia de cada organización, ello bajo la supervisión de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. d) De constatarse que no existe vivencia continua no menor al 50% de los moradores, el procedimiento será rechazado y dado por concluido.e) Cada plano de lotización deberá ostentar los aportes reglamentarios establecidos en la norma (Educación 2%, salud 2%, áreas verdes 8% y otros usos 1%). f) Quedan expresamente excluido de los alcances y bene fi cios de la presente Ordenanza las empresas, consorcios inmobiliarias y similares destinadas a la comercialización de lotes. Artículo 11º.- RESPONSABILIDADES: Los administrados posesionarios asumen plena responsabilidad de los documentos que presenta ante la Municipalidad Distrital de Pucusana, responsabilizándose administrativamente, civil y penalmente por la veracidad de la información proporcionada de conformidad con las acciones que puedan derivarse de la aplicación que faculta y se reserva la administración prevista en el artículo 34º “Fiscalización Posterior” del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- FACÚLTESE a la señora Alcaldesa para que, mediante Decreto de Alcaldía, establezca las disposiciones necesarias para su mejor aplicación. Segundo.- APROBAR los formatos anexos a la presente, para su utilización dentro los procedimientos aprobados con la presente Ordenanza, que serán de libre reproducción y estarán a disposición en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana, según se detallan a continuación: Anexo Nº 1: Formato de Declaración Jurada de inexistencia de proceso judicial o extrajudicial. Anexo Nº 2: Formato de Declaración Jurada de no estar en con fl icto de límites con organizaciones sociales colindantes. Anexo Nº 3: Declaración Jurada, donde el presidente de la Organización vecinal, declare la veracidad de la información proporcionada de conformidad a las acciones que puedan derivarse de la administración. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Humano y Social, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, Sub Gerencia de Participación Vecinal y demás áreas pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarto.- VIGENCIA la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la difusión y publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Sexto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, publique en el Portal Institucional la presente norma (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LIDIA AMÉRICA CARRILLO VELIZ Alcaldesa 1965170-1 Ordenanza que regula los procedimientos de evaluación para la expedición de constancias de posesión para viabilizar el acceso a servicios básicos en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 296-2021/MDP LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO:EL CONCEJO DE PUCUSANA;