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13 NORMAS LEGALES Lunes 8 de marzo de 2021 El Peruano / ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y EL CUIS CORRESPONDIENTE A LOS VEHÍCULOS MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo 1.- Incorporar al artículo 51° de la Ordenanza N°337/MLV, que aprueba el Reglamento de servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores en el distrito de La Victoria, el siguiente artículo quedando de este modo: Artículo 51-A.- Sanciones sobre los lineamientos sectoriales para la prevención del Covid-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre: El presente artículo tiene como fi nalidad inmediata la prevención del Covid-19 por lo que en atención a ello es de estricto cumplimiento lo establecido en el Anexo III de la presente Ordenanza – Tabla de infracciones y sanciones sobre los lineamientos sectoriales para la prevención del Covid-19, por lo que deberá cumplir con el respectivo protocolo o los lineamientos sectoriales para la prevención del Covid-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre.Artículo 2.- Incorpórese en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de La Victoria, aprobado mediante Ordenanza N°337/MLV que aprueba el Reglamento de servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores en el distrito de La Victoria, el Anexo III que incluye nuevas infracciones en virtud a la publicación del Decreto Supremo N°016-2020-MTC; en los términos propuestos por la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, Subgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial y demás unidades orgánicas competencias, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4.- Encargar a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación del Anexo III, en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 1932837-1 COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado.c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES