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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2021 (16/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 34

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 16 de marzo de 2021 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31137 LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE NINABAMBA EN LA PROVINCIA DE LA MAR DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto crear el distrito de Ninabamba, con su capital Ninabamba, en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho. Artículo 2. Límites del distrito de Ninabamba Los límites territoriales del distrito de Ninabamba, en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho, son los siguientes: POR EL NORESTE Y ESTELimita con los distritos de San Miguel y Anco, en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho.El límite se inicia en la quebrada Collpa (punto de coordenada UTM 622 237 m E y 8 555 926 m N); de este lugar el límite continúa en dirección sur por el talweg de la quebrada Collpa aguas abajo hasta la confl uencia con la quebrada Atohuachanan; continúa por el talweg de esta quebrada aguas abajo; el talweg de la quebrada Misquihuayjo hasta su desembocadura en el río Torobamba (punto de coordenada UTM 624 297 m E y 8 547 742 m N). POR EL SUR Limita con el distrito de Chilcas, en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho.El límite se inicia en la desembocadura de la quebrada Misquihuayjo en el río Torobamba (punto de coordenada UTM 624 297 m E y 8 547 742 m N); el límite continúa en dirección oeste, por el álveo del río Torobamba hasta la intersección con el río Molinohuayjo (punto de coordenada UTM 620 708 m E y 8 549 487 m N). De este punto, el límite continúa ascendiendo en la misma dirección por la estribación este de un cerro sin nombre de cota 3336, punto de coordenada UTM 615 734 m E y 8 549 295 m N; de este punto, el límite continúa en dirección suroeste por la divisoria de aguas del río Condoray con el río Molinohuayjo que une la cumbre de los cerros Quimsacruz, Lomadero y la cumbre del cerro sin nombre (punto de coordenada UTM 611 752 m E y 8 543 510 m N). POR EL OESTE, NOROESTE Y NORTELimita con el distrito de Acos Vinchos, en la provincia de Huamanga, y el distrito de Patibamba, en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho.El límite se inicia en la cumbre del cerro sin nombre, en el punto de coordenada UTM 611 752 m E y 8 543 510 m N); el límite prosigue en dirección general noroeste, por la divisoria de aguas naciente del río Condoray con la quebrada Socosmayo, que une la cumbre de los cerros Yanahuilca, Motoynioc (cota 4219), cerro Incapara (punto de coordenada UTM 606 643 m E y 8 550 578 m N), cerro Avanzada, cerro Saramañana (cota 3241 m.s.n.m.); de este lugar el límite prosigue en la misma dirección, descendiendo por la estribación sureste de este cerro hasta la desembocadura del río Condoray en el río Torobamba; de este punto el límite asciende por su estribación suroeste del cerro Chuspiuran, pasando por las coordenadas UTM 618 607 m E y 8 553 309 m N; UTM 618 907 m E y 8 554 867 m N, hasta alcanzar su cumbre (punto de coordenada UTM 621 000 m E y 8 554 738 m N) de este punto continúa en dirección noreste hasta la quebrada Collpa (punto de coordenada UTM 622 237 m E y 8 555 926 m N), punto de inicio de la presente descripción. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Base de la cartografía Los límites del distrito de Ninabamba han sido trazados sobre la base de las Cartas Nacionales del Instituto Geográ fi co Nacional (IGN), a escala 1:100,000, Datum WGS-84, Zona 18 Sur, Hojas: Ayacucho, código: 27-ñ (2044), edición: 1-IGN, serie: J631 y San Miguel, código: 27-o (2144), edición: 2-IGN, serie: J631. SEGUNDA. Autoridades político-administrativas El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones correspondientes a fi n de dotar de autoridades político- administrativas a la nueva circunscripción que se crea por la presente ley. TERCERA. Autoridades judiciales El Poder Judicial dispone las acciones necesarias a fi n de dotar de las autoridades judiciales correspondientes al distrito que se crea por la presente ley. CUARTA. Elección de autoridades municipales El Jurado Nacional de Elecciones adopta las acciones necesarias para la elección de las autoridades municipales del distrito de Ninabamba, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales. QUINTA. Documento nacional de identidad El Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) otorga a la población del nuevo distrito un documento nacional de identidad con los datos actualizados. SEXTA. Representación cartográ fi ca Forma parte de la presente ley, la representación cartográ fi ca que de fi ne el ámbito de creación del distrito de Ninabamba. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA. Administración transitoria de recursos y servicios públicos En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular en el nuevo distrito de Ninabamba, la administración de los recursos y la prestación de los servicios públicos son atendidas por la Municipalidad Provincial de La Mar, correspondiéndole además el manejo de los recursos reasignados a la nueva circunscripción, de conformidad con el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento de la Ley 27555, aprobado por el Decreto Supremo 031-2002-EF. SEGUNDA. Junta de delegados vecinales comunales La Municipalidad Provincial de La Mar constituirá una junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio cuyo alcance comprenda al distrito de Ninabamba, hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades en dicha jurisdicción, la cual estará encargada de realizar las funciones comprendidas en los numerales 1, 4 y 6 del artículo 107 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Tales funciones no implican en ningún caso la administración y manejo de recursos.