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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2021 (27/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Jueves 27 de mayo de 2021 / El Peruano PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 050-2021 DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PUESTA A DISPOSICIÓN DEL ADQUIRENTE DEL BIEN O USUARIO DEL SERVICIO Y DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT) DE LA FACTURA Y RECIBO POR HONORARIOS ELECTRÓNICOS DURANTE LA PANDEMIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha cali fi cado el brote de la COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea. Asimismo, dicha Organización ha informado que la variante del SARS-CoV-2 de Reino Unido se ha detectado en otros 40 países, territorios y áreas en cinco de las seis regiones de la OMS, siendo que, con fecha 8 de enero de 2021, se ha con fi rmado la identi fi cación de dicha nueva variante del virus en el Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia de la COVID-19, y se dictan medidas de prevención y control para evitar su propagación; la misma que ha sido prorrogada mediante los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA y N° 009-2021-SA, este último prorroga la Emergencia Sanitaria, a partir del 7 de marzo de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 1 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; el cual ha sido prorrogado mediante los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, Nº 058-2021-PCM y N° 076-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del sábado 1 de mayo de 2021, y se establece Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, entre otros; Que, la pandemia de la COVID-19 ha afectado las perspectivas de crecimiento de la economía global y de la economía peruana, generando en muchos sectores empresariales disminución de sus ventas y por consiguiente sus menores ingresos obliga a replantear sus prioridades, los cuales se enfocan al incremento de sus ventas a niveles prepandemia en un contexto de recuperación económica; Que, en dicho contexto, las empresas en el país han tenido que priorizar sus ingresos para la continuidad de sus operaciones y en muchos casos, no han podido realizar las adecuaciones operativas y de sistemas para el año 2021, conforme a lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, emprendimientos y Startups, el cual establece la obligación de poner a disposición la emisión de la factura y recibos por honorarios electrónicos del adquirente del bien o usuario del servicio y de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) en un plazo máximo de dos (2) días calendario, computados desde su emisión; Que, con la fi nalidad de poder implementar la obligación de las empresas antes señaladas en un contexto de pandemia, que se inició con posterioridad a la emisión del Decreto de Urgencia N° 013-2020, es necesario fi jar temporalmente un nuevo plazo más amplio y fl exible para la puesta a disposición de la factura y recibos por honorarios emitidos electrónicamente, a fi n de establecer un plazo de hasta cuatro (4) días calendario, computados desde su emisión; Que, el plazo máximo temporal para la puesta a disposición de la factura y recibos por honorarios electrónicos del adquirente del bien o usuario del servicio y de la SUNAT hasta cuatro (4) días calendario, computados desde su emisión; permitirá que el total de empresas del PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA D.A. Nº 001-2021-MDLP .- Aprueban adecuación de los Procedimientos Administrativos del TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla, conforme a las disposiciones y lineamientos establecidos en el D.S. N° 200-2020-PCM 92 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI R.A. Nº 077-2021-ALC/MPH-M.- Designan responsable del acceso a la información pública y responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Provincial de Huarochirí 94 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Ordenanza Nº 002-2021-MPH.- Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaral 95 CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo sobre Cooperación Financiera 2018 (aportación financiera - donación) entre la República del Perú y la República Federal de Alemania 96Entrada en vigencia del Acuerdo sobre Cooperación Financiera 2018 (aportación financiera - donación) entre la República del Perú y la República Federal de Alemania 98 “Acuerdo sobre Cooperación Técnica 2019” entre la República del Perú y la República Federal de Alemania 99 Entrada en vigencia del “Acuerdo sobre Cooperación Técnica 2019” entre la República del Perú y la República Federal de Alemania 100 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Res. Nº 00008-2021-OEFA/CD.- Modifican el “Reglamento para la Contratación de Terceros/as Evaluadores/as, Supervisores/as y Fiscalizadores/as del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA” MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza N° 2348-2021.- Ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en los distritos de la provincia de Lima