TEXTO PAGINA: 11
11 NORMAS LEGALES Lunes 4 de octubre de 2021 El Peruano / Dejan sin efecto la R.M. N° 436-2021- MTC/01.02, que aprueba la ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Red Vial Nº 5: Tramo Ancón - Huacho – Pativilca, de la Carretera Panamericana Norte” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 963-2021-MTC/01.02 Lima, 1 de octubre de 2021VISTOS: La Nota de Elevación Nº 209-2021- MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo Nº 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del TUO de la Ley defi ne a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Bene fi ciario como resultado del trato directo; Que, asimismo, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura, siendo el único Bene fi ciario el Estado que actúa a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, en esa línea, los numerales 4.11 y 4.12 del artículo 4 del TUO de la Ley señalan que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación, y que el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el artículo 19 del TUO de la Ley, establece que la Adquisición de inmuebles necesarios para la ejecución de Obras de Infraestructura se realizará por trato directo entre el Sujeto Activo y Sujeto Pasivo, en forma previa o posterior a la ley que autorice su Expropiación, aplicándose únicamente el procedimiento establecido en el TUO de la Ley; Que, el numeral 21.8. del artículo 21 del TUO de la Ley establece que incluso, durante el trámite de los procesos regulados en los Títulos IV De la Expropiación y V de la Ejecución Coactiva, el Sujeto Activo se encuentra facultado a suscribir los acuerdos de Adquisición regulados en el mencionado artículo, siempre que conjuntamente con la suscripción de dichos acuerdos se efectúe la entrega anticipada de la posesión de los inmuebles; Que, con Resolución Ministerial Nº 436-2021- MTC/01.02, se aprueba la ejecución de la expropiación de un (01) inmueble con código STM-PD-07, afectado por la ejecución de la Obra: “Red Vial Nº 5: Tramo Ancón - Huacho – Pativilca, de la Carretera Panamericana Norte” (en adelante, la Obra), y el valor de la Tasación ascendente a S/ 874 664,78;Que, en forma posterior a la emisión de la referida Resolución Ministerial, el Sujeto Pasivo mani fi esta su aceptación a la oferta de adquisición; por lo que, solicita retornar al trato directo conforme a lo dispuesto en el numeral 21.8 del artículo 21 del TUO de la Ley; para tal efecto, a través del “Acta de Entrega Anticipada de la Posesión de un área de 1 005.05 m2, del predio con código: STM-PD-07, afectado por el derecho de vía del proyecto: Red Vial Nº 5, Tramo Ancón - Huacho – Pativilca, de la Carretera Panamericana Norte” de fecha 19 de agosto de 2021, realiza la entrega anticipada de la posesión del inmueble a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Memorando Nº 8971-2021-MTC/20.11, la Dirección de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, encuentra conforme lo expresado en el Informe Nº 034-2021-JGVM-RED5, a través del cual se ha sustentado que resulta procedente la aplicación del numeral 21.8 del artículo 21 del TUO de la Ley, señalando que corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 436-2021-MTC/01.02 que aprueba la ejecución de la expropiación del inmueble con código STM-PD-07 y, en consecuencia, aprobar el valor total de la Tasación y el pago por la adquisición del citado inmueble, conforme el procedimiento de trato directo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 436-2021-MTC/01.02, que aprueba la ejecución de la expropiación de un (01) inmueble con código STM-PD-07, afectado por la ejecución de la Obra: “Red Vial Nº 5: Tramo Ancón - Huacho – Pativilca, de la Carretera Panamericana Norte”, y el valor de la Tasación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar el valor total de la Tasación ascendente a S/ 1 045 997,74 (UN MILLON CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 74/100 SOLES), monto que incluye el incentivo a la adquisición equivalente al 20% del valor comercial del inmueble identi fi cado con código STM-PD-07, afectado por la ejecución de la Obra: “Red Vial Nº 5: Tramo Ancón - Huacho – Pativilca, de la Carretera Panamericana Norte”, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente resolución, veri fi que la identidad del Sujeto Pasivo y en caso de actuar a través de representantes las respectivas vigencias de poder, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Bene fi ciario y realice el pago de los valores totales de las Tasaciones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribe la adquisición a nombre