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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (06/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de octubre de 2021 El Peruano / los términos previstos en el “ Informe Complementario de Evaluación del Incremento de la Capacidad de Admisión a la Llaqta de Machupicchu”, que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente resolución, el mismo que procederá en función a los informes técnicos que emitan el Área Funcional del Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu y la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial, sobre la implementación de las medidas que este informe determina que deben cumplir los miembros del Comité Directivo de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machupicchu – UGM, en el marco del respeto irrestricto por la conservación de la Llaqta de Machupicchu. Artículo 2.- Medidas complementarias e informes mensuales El Ministerio de Cultura, pone a conocimiento de UNESCO, la presente resolución y gestiona el seguimiento de los compromisos asumidos para la aplicación de lo previsto en la presente resolución, así como la presentación de informes bimensuales respectivos sobre su cumplimiento y, la evaluación de impacto. Regístrese, comuníquese y publíquese. CIRO ALFREDO GALVEZ HERRERA Ministro de Cultura 1998614-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2022, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2022 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000260-2021-MIDIS/PNAEQW-DE Lima, 5 de octubre de 2021 VISTOS:El Informe N° D000084-2021-MIDIS/PNAEQW- UGCTR, de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos; y, el Informe N° D000495-2021-MIDIS/PNAEQW-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y normas modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable para las/los escolares de las instituciones educativas públicas bajo su cobertura; Que, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma aprueba los procedimientos operativos, de compra, de rendición de cuentas y demás normas complementarias para la operatividad del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario en virtud a lo dispuesto en la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS, “Decreto Supremo que establece disposiciones para la transferencia de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios del Programa Nacional Cuna Más y el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”; y la Resolución Ministerial N° 181-2019-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 002-2019-MIDIS “Directiva que regula los Procedimientos Generales de Compras, de Rendición de Cuentas y otras disposiciones para la Operatividad del Modelo de Cogestión del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”; Que, de acuerdo al literal f) del artículo 34 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado por Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos tiene por función: “Supervisar la elaboración y proponer a la Dirección Ejecutiva el proyecto de Bases del Proceso de Compras para la provisión del servicio alimentario del Programa”. Asimismo, el literal b) del artículo 35 del citado Manual de Operaciones, dispone que la Coordinación de Gestión de Contrataciones y Seguimiento de Ejecución Contractual tiene por función: “Revisar y proponer a la Jefatura los proyectos de Manual y Bases del Proceso de Compras para la provisión del servicio alimentario”; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000179-2021-MIDIS/PNAEQW-DE, se aprueba el “Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, con código de documento normativo MAN-009-PNAEQW-UGCTR, Versión N° 06, (en adelante Manual del Proceso de Compras), el mismo que rige el Proceso de Compras del año 2022; Que, mediante Informe N° D000084-2021- MIDIS/PNAEQW-UGCTR, la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos propone a la Dirección Ejecutiva el proyecto de Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2022, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2022, del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante Bases Estandarizadas), el mismo que contiene las reglas que deben cumplir los postores, proveedores, integrantes de los Comités de Compra y personal del Programa, durante el desarrollo del Proceso de Compras 2022; también contiene las disposiciones, lineamientos y procedimientos aplicables para la selección, adjudicación de proveedores y la correspondiente ejecución contractual, así como precisiones, modi fi caciones e innovaciones, que permiten una mejora en los procedimientos del Proceso de Compras que deben seguir los Comités de Compra, con la asistencia técnica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, en el citado Informe, la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos recomienda que se disponga que los 116 Comités de Compra del modelo de cogestión del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma inicien las convocatorias del Proceso de Compras Electrónico 2022 de acuerdo a su ámbito de cobertura, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución; Que, la Unidad de Asesoría Jurídica mediante Informe N° D000495-2021-MIDIS/PNAEQW-UAJ, señala que el Manual del Proceso de Compras aprobado para el año 2022, establece disposiciones, lineamientos y procedimientos aplicables a los actos preparatorios, selección de proveedores y la correspondiente ejecución contractual. Con relación a la etapa de los actos preparatorios, el literal b) del sub-numeral 6.1, del numeral 6 del citado Manual del Proceso de Compras, establece que “Las unidades orgánicas de la Sede Central revisan, y de ser el caso, actualizan los documentos técnicos y normativos (…) en el marco de sus funciones y competencias, de acuerdo al cronograma aprobado por la Dirección Ejecutiva”, por lo que el proyecto de Bases Estandarizadas presentado se enmarca dentro de los actos preparatorios del Proceso de Compras 2022; Que, se indica en el citado Informe que el literal c) del sub-numeral 6.1 del numeral 6 del Manual del Proceso de Compras, establece que: “La revisión y actualización de las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras para la prestación del servicio alimentario del PNAEQW