Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (06/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de octubre de 2021 El Peruano / está a cargo de la UGCTR, en coordinación con las unidades orgánicas de la Sede Central y de las Unidades Territoriales, en el marco de sus funciones y competencias.” Así, de acuerdo a lo señalado en el Manual del Proceso de Compras, así como a lo previsto en el Manual de Operaciones vigente, corresponde a la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos la elaboración del proyecto de Bases Estandarizadas para la Prestación del Servicio Alimentario 2022; Que, en atención a lo señalado en el Informe N° D000495-2021-MIDIS/PNAEQW-UAJ, el proyecto de Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2022, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2022, cumple con de fi nir las reglas de obligatorio cumplimiento por parte de los postores, proveedores, integrantes de los Comités de Compra y personal del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, durante el desarrollo del Proceso de Compra y la gestión del servicio alimentario, por lo que resulta viable su aprobación; Con el visado de la Unidad de Supervisión, Monitoreo y Evaluación; la Unidad de Organización de las Prestaciones; la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° 081-2019-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2022, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2022 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que los Comités de Compra, a nivel nacional, puedan iniciar las convocatorias del Proceso de Compras Electrónico 2022 correspondientes a su ámbito de cobertura, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, conforme al cronograma establecido en el Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000179-2021-MIDIS/PNAEQW-DE. Artículo 3.- Facultar a la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos, a desarrollar las acciones necesarias que conlleven al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano la noti fi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, debiendo la Unidad de Comunicación e Imagen efectuar la publicación de la presente Resolución, las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2022, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2022 en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y su respectiva difusión. Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDY HINOJOSA ANGULO Director EjecutivoPrograma Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 1998479-1ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Salud DECRETO SUPREMO Nº 270-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio de Salud y de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para fi nanciar, de manera complementaria, las acciones de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria ante la enfermedad causada por la COVID-19; las que se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar además con el refrendo del Ministro de Salud, a solicitud a este último; Que, mediante los O fi cios N°s. 4045 y 4265-2021-SG/ MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar la operatividad de la Línea 113 y del Sistema de Atención Móvil de Urgencia (SAMU), en el marco de lo establecido en el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley N° 31084; adjuntando, para dicho efecto, los Informes N°s 850 y 945-2021-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 20 383 844,00 (VEINTE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 20 383 844,00 (VEINTE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100