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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (10/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Domingo 10 de octubre de 2021 El Peruano / marco de la Constitución y las Leyes; Que, la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, establece en su Artículo 8º “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV de fecha 25.09.2013, se aprobó el Registro de Tarifas de los Servicios No Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, el mismo que consta de treinta y seis (36) folios, que sellados y rubricados por el Secretario General de la Universidad, forma parte integrante de la referida Resolución; Que, mediante Resolución R. Nº 7367-2015-CU- UNFV de fecha 24.02.2015, se aprobó la Incorporación y/o Actualización de ciento sesenta y nueve (169) tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV de fecha 25.09.2013; Que, mediante Resolución R. Nº 602-2017-UNFV de fecha 10.04.2017-UNFV se reestructuró a partir de dicha fecha, la Comisión encargada de Revisar el Registro de Tarifas de los Servicios No Exclusivos de esta Casa de Estudios Superiores; Que, mediante Resolución R. Nº 1057-2017-UNFV de fecha 09.06.2017, se aprobó la DIRECTIVA Nº 002-2017-DIGA “Lineamientos para el Proceso de Formulación, Actualización, Modi fi cación, Eliminación y Aprobación de Tarifas para los Procesos no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal”; Que, mediante Resolución R. Nº 2167-2018-CU- UNFV de fecha 22.01.2018, se aprobó la Actualización de cuatrocientos cincuenta y tres (453) Tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. Nº 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015; Que, mediante O fi cio Nº 003-2021-CRT-DIGA-UNFV de fecha 28.04.2021, el Presidente de la Comisión Revisora de Tarifas de esta Casa de Estudios Superiores, remite para su aprobación la incorporación y eliminación de tarifas propuestas por la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”; por lo que solicita la modi fi cación del Registro de Tarifas de Servicios No Exclusivos aprobado mediante Resolución R. Nº 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015;En mérito a la propuesta del Presidente de la Comisión Revisora de Tarifas UNFV contenida en O fi cio Nº 003-2021-CRT-DIGA-UNFV de fecha 28.04.2021 y estando a lo dispuesto por el señor Rector en Proveído Nº 1846-2021-R-UNFV de fecha 29.04.2021, el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Virtual Nº 159 de fecha 30.04.2021, acordó aprobar la incorporación y eliminación de tarifas, en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. Nº 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015, de acuerdo a la propuesta efectuada por la Comisión Revisora del Registro de Tarifas UNFV; y De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 8068-2021-CU-UNFV de fecha 14.01.2021; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la incorporación y eliminación de tarifas, en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. Nº 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015, las mismas que constan de un (1) folio, que sellada y rubricada por la Secretaria General de la Universidad, forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación del anexo a través de la O fi cina Central de Gestión de Tecnologías de la Información en el portal electrónico de la universidad, conforme lo dispone el Art. 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo Tercero.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, el Instituto de Recreación, Educación Física y Deporte, la Dirección General de Administración, así como la O fi cina Central de Plani fi cación, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector KARINA INÉS HINOJOSA PEDRAZA Secretaria General UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL COMISION REVISORA DE TARIFAS SERVICIOS NO EXCLUSIVOS ABRIL 2021 FACULTAD DE MEDICINA "HIPOLITO UNAUE" - FMHU Item REFERENCIA T-DETALLE-CONCEPTO TARIFA (SOLES) Código BancoCódigo Servicio BancoCTA.CTE. Post Grado / Residentado Médico 1 Admisión INSCRIPCIÓN ADMISIÓN S/. 1,000.00 2Proceso de Matrícula / EnseñanzaDERECHO ACADÉMICO (Pensión Mensual) S/. 500.00 ELIMINACIÓN DE TARIFA 1 Admisión PROSPECTO Y CARPETA DE ADMISIÓN S/. 120.00 2INSCRIPCIÓN ADMISIÓN - SISTEMA ESCOLARIZADO S/. 700.00 3INSCRIPCIÓN ADMISIÓN - SISTEMA NO ESCOLARIZADO S/. 700.00 1999097-1