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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Jueves 9 de setiembre de 2021 El Peruano / Aprueban el documento “Activos estratégicos para ser considerados como inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR), en la tipología de inversión: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 166-2021-MINAM Lima, 7 de setiembre de 2021VISTOS, los Informes N° 01219-2020-MINAM/ VMGA/DGRS y N° 01895-2021-MINAM/VMGA/DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; los Memorandos N° 00724-2020-MINAM/SG/OGPP y N° 01003-2021-MINAM/SG/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00242-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 00131-2021-MINAM/SG/OGAJ e Informe N° 00494-2021-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1252 crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el artículo 9 el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, en adelante el Reglamento, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, el cual tiene entre sus funciones, designar a la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector así como a su responsable, de acuerdo con el per fi l profesional que establece la Dirección General de Inversión Pública (DGIP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del citado Reglamento, la OPMI del Sector, tiene entre sus funciones veri fi car que las inversiones a formularse y ejecutarse se encuentren alineadas con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en la Programación Multianual de Inversiones; y que contribuya efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios de acuerdo a los criterios de priorización aprobados por el Sector; y de acuerdo a lo señalado en el inciso 4 del numeral 12.3 del artículo 12 de la misma norma, las Unidades Formuladoras (UF) tienen entre sus funciones cautelar que las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR), no contemplen intervenciones que constituyan proyectos de inversión, ni correspondan a gasto corriente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-2017-MINAM, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 337-2018-MINAM, se designó entre otros, a la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente como unidad orgánica encargada de realizar las funciones de la OPMI del Sector Ambiente; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 079-2019-MINAM, se aprueba el documento de “Activos estratégicos para ser considerados como inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), y casos especí fi cos para su aplicación, en la tipología de proyectos de inversión: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales”; Que, con la Resolución Directoral N° 004-2019- EF/63.01, se aprobaron instrumentos metodológicos en el marco de Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, entre los cuales se encuentra los “Lineamientos para la identi fi cación y registro de las inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición”, en cuyo numeral 1.1.2 se establece que corresponde a las OPMI de los Sectores del Gobierno Nacional, de fi nir el listado de activos estratégicos vinculados al (los) servicio (s) que presta la Unidad Productora (UP) y al Clasi fi cador de Responsabilidad Funcional, en coordinación con el ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 288-2020-MINAM, se aprueban los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos del Sector Ambiente, para su aplicación en la Fase de Programación Multianual de Inversiones de los tres niveles de gobierno en cuyo Anexo se detalla, entre otros, las tipologías, bienes o servicios públicos, vinculados con el Clasi fi cador de Responsabilidad Funcional (según Anexo N° 02 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones), encontrándose la tipología: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales, que comprende el servicio de limpieza pública y áreas degradadas por residuos sólidos; Que, teniendo en consideración lo antes señalado, mediante Memorando N° 00724-2020-MINAM/SG/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 0242-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, ratifi cado con Memorando N° 01003-2021-MINAM/ SG/OGPP, se sustenta la actualización del documento denominado: “Activos estratégicos para ser considerados como inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR), en la tipología de inversión pública: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales”, en coordinación con la Unidad Formuladora de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, cuyo contenido ha sido validado mediante los Informes N° 01219-2020-MINAM/VMGA/DGRS y N° 01895-2020-MINAM/VMGA/DGRS, y cuenta con la validación de la Dirección General de Programación Multianual de lnversiones del Ministerio de Economía y Finanzas en lo correspondiente al listado de activos estratégicos, recomendando su aprobación; Que, a través de los Informes N° 00131-2021-MINAM/ SG/OGAJ y N° 0000-2021-MINAM/SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite y rati fi ca su opinión favorable sobre la propuesta de actualización del documento “Activos estratégicos para ser considerados como inversiones de optimización, de ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR) y casos especí fi cos para su aplicación en la tipología de proyectos de inversión: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales”; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252; el Decreto Supremo N° 022-2021-MINAM, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución Ministerial N° 153- 2021-MINAM, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Directoral N° 004-2019-EF/63.01, que aprueba, entre otros, los Lineamientos para la identi fi cación y registro de las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento “Activos estratégicos para ser considerados como inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación