NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/09/2021)
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34 NORMAS LEGALES Sábado 25 de setiembre de 2021 El Peruano / la comisión organizadora es “b) elaborar y aprobar el Estatuto, reglamentos y documentos de gestión, académica y administrativa de la Universidad”, y con prerrogativa y autoridad que concede emitir resoluciones en ámbitos de su competencia, de acuerdo al literal e) Numeral 6.1.3 de la Norma Técnica citada; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 158- 2018-SUNEDU/CD de fecha 30 de noviembre del 2018 el presidente Consejo Directivo de la SUNEDU se aprueba la “Guía para la correcta aplicación de art. 2 de la Ley Nº 30597, respecto de la adecuación de los estatutos y los órganos de Gobierno de la Universidad Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y Universidad Nacional Diego Quispe Tito”. Que, por Resolución Presidencial Nº 192-2020- UNDQT/ PCO, de fecha 10 de setiembre del 2020 se APRUEBA EL ESTATUTO REFORMADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DIEGO QUISPE TITO según acuerdo de Sesión Ordinaria de fecha 10 de setiembre del 2020, que consta de 13 Títulos, 38 Capítulos, 180 Artículos, 11 Disposiciones Complementarias, 06 Disposiciones Complementarias Finales, 04 Disposiciones Complementarias Transitorias y 02 Disposiciones Complementarias Derogatorias. Que, mediante Informe Nº 194, de fecha 28 de junio del 2021, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la UNDQT, conjuntamente con los integrantes del comité estatutario, remiten a la Presidencia de la Comisión Organizadora el Proyecto de ESTATUTO de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito para su respectiva revisión, evaluación y posteriormente la aprobación mediante acto resolutivo de acuerdo a la normativa vigente. Que, en Sesión Extraordinaria Virtual de fecha 02 de julio de 2021, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, aprobó por unanimidad el Estatuto de la Universidad, el mismo que consta de 16 Títulos, 24 Capítulos, 160 Artículos, 10 Disposiciones Complementarias, 06 Disposiciones Complementarias Finales, 04 Disposiciones Complementarias Transitorias y 02 Disposiciones Complementarias Derogatorias, conforme a la atribución prevista en el numeral 6.1.3 literal b) de la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, el mismo que normará la vida institucional de la Universidad, contribuyendo al cumplimiento de sus fi nes, a la mejora de la calidad artística, educativa y cientí fi ca, para una mejor presentación y participación de la comunidad universitaria en la sociedad, y; Estando al acuerdo de la Comisión Organizadora y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 24400, 30597, 30851, 30220 Ley Universitaria, R.V. 004-2019-MINEDU, R.V.M Nº 088-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Primero.- APROBAR EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DIEGO QUISPE TITO, el mismo que consta de 16 Títulos, 24 Capítulos, 160 Artículos, 10 Disposiciones Complementarias, 06 Disposiciones Complementarias Finales, 04 Disposiciones Complementarias Transitorias y 02 Disposiciones Complementarias Derogatorias Segundo.- DEROGAR el Estatuto aprobado mediante Resolución de Comisión organizadora Nº 175-2021-UNDQT/CO, de fecha 22 de abril del 2021, y demás normas que se opongan. Tercero.- DISPONER para que se remita la presente Resolución Presidencial y el Estatuto Consensuado al MINEDU, a la SUNEDU y todas las dependencias académicas y administrativas de la Institución para su conocimiento y cumplimiento, y publicarlo en el Portal de Transparencia Estándar y en la página web de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese y archívese.CARLOS HUGO AGUILAR CARRASCO Presidente de la Comisión Organizadora JUSTINO ANGEL MENDOZA GUZMÁN Secretario General 1994679-1Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito UNIVERSIDAD NACIONAL DIEGO QUISPE TITO DE CUSCO ESCUELA SUPERIOR AUTÓNOMA DE BELLAS ARTES “DIEGO QUISPE TITO” DEL CUSCO RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 252-2021-UNDQT/CO Cusco, 2 de julio del 2021Visto, el Memorándum Nº 1015-2021.UNDQTC/PCO, Informe Nº 196-2021-UNDQT/OPP, Informe técnico de propuesta de aprobación de reglamento de organización y funciones de la UNDQT, O fi cio Nº 918-2020-MINEDU7 VMGP-DIGESU, informe Nº 00206-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, Proyecto de propuesta de ROF, O fi cio Nº 101-2020-UNDQT-PCO, Memorándum Nº 1010-2021.UNDQTC/PCO, Opinión Legal Nº 019-2021-ZLCJ, y demás documentos que se adjuntan a la presente Resolución; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, de acuerdo a los alcances de la Ley de Autonomía Nº 24400, Ley Universitaria Nº 30220, Ley de Denominación Nº 30597, Ley de la correcta aplicación Nº 30851, Decreto Supremo Nº 014-2018- MINEDU, Resolución Viceministerial Nº 004-2019-MINEDU, Decreto Supremo Nº 111-2019-EF y Decreto Supremo Nº 15-86-ED goza de autonomía normativa, de gobierno, académica, económica y administrativa, por lo que está facultada a tomar acciones orientadas para el logro de sus fi nes y objetivos Institucionales; Que, de conformidad al Art. 18º de la Constitución Política del Perú, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; así mismo la Ley Universitaria Nº 30220 establece en su artículo 8º El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en el siguiente régimen: Normativo, implica la potestad autodeterminativa para la creación internas (estatuto y reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria; Que, mediante Ley Nº 30597 publicado el 25 de junio de 2017, dispone en su Artículo 1 denomínese Universidad Nacional Diego Quispe Tito y en su Artículo 2º De Adecuación determina, que la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, adecuará su estatuto y órganos de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria. Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 004- 2019-MINEDU se resuelve constituir la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, conformada por: Carlos Hugo Aguilar Carrasco como Presidente, Jorge Alberto Che Piu Salazar como Vicepresidente Académico y José Luis Fernández Salcedo como Vicepresidente de Investigación. Que, mediante Resolución Vice Ministerial Nº 035- 2021-MINEDU del 04 de febrero del 2021 reconocimiento póstumo al Dr. JORGE ALBERTO CHE PIU SALAZAR en mérito a los servicios prestados, encargando al Lic. CARLOS HUGO AGUILAR CARRASCO, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, las funciones de Vicepresidente Académico, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular del referido cargo; Que mediante Resolución Viceministerial Nº 088- 2017-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades