Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Sábado 25 de setiembre de 2021 El Peruano / públicas en proceso de constitución”, en cuyo numeral 6.1.3 literal b), señala que entre las funciones que tiene la comisión organizadora es “b) elaborar y aprobar el Estatuto, reglamentos y documentos de gestión, académica y administrativa de la Universidad”, y con prerrogativa y autoridad que concede emitir resoluciones en ámbitos de su competencia, de acuerdo al literal e) Numeral 6.1.3 de la Norma Técnica citada; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 035-2020- UNDQT/PCO, de fecha 29 de enero de 2020, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito; Que, con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, con la fi nalidad que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; el cual fue modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 131-2018, incorporándose, entre otras la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final, disponiéndose: “El Ministerio de Educación, como rector nacional en la materia, elabora los Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Universitaria y los presentes Lineamientos. Se aprueban mediante resolución ministerial, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública. Los Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, a los que se re fi ere el párrafo anterior, incluyen la veri fi cación posterior aleatoria de su cumplimiento”; Que, asimismo mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2018-PCM/SGP, se aprueba la Directiva No 001-2018-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, y tiene por fi nalidad generar predictibilidad en el sustento y evaluación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM/SGP, se aprueba los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”, teniendo como fi nalidad orientar a las entidades públicas en la asignación de sus funciones vinculadas a los sistemas administrativos bajo rectoría del Poder Ejecutivo, a cargo de los órganos de administración interna y de defensa judicial del Estado; asimismo estos Lineamientos se aplican a aquellas entidades públicas que de conformidad con la normativa de la materia les corresponde contar con un Reglamento de Organización y Funciones; Que, con el Informe Nº 196-2021/UNDQT/ OPPDE de fecha 01 de Julio del 2021, el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto solicita a la Presidencia la aprobación del proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNDQT, precisando que se realizó ajustes a las funciones de Direcciones y Unidades, así como la incorporación de las sedes desconcertadas y de la unidad de presupuesto en el ROF; elaborándose el informe técnico de sustento por los ajustes realizados, el cual se remitió al MINEDU como ente rector para su revisión y conformidad en fecha 25 de junio del presente. Que, mediante la Opinión Legal Nº 019-2021-ZLCJ, de fecha 02 de Julio de 2021, el asesor de la O fi cina Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación, vía Acto Resolutivo del proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNDQT; Que, el literal a) del artículo 45.3 de los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM, establece que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las universidades públicas son aprobados íntegramente por resolución del titular, y; Conforme a las disposiciones aplicables establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, Leyes Nºs. 24400, 30597, 30851, 30220 Ley Universitaria, R.V. 004-2019-MINEDU, R.V.M Nº 088-2017-MINEDU, y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables; SE RESUELVE: Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, conforme al Anexo que en folios treinta y siete (37) forman parte integrante de la presente Resolución. Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, aprobado con Resolución Presidencial Nº 035-2020-UNDQT/PCO, de fecha 29 de enero de 2020 Tercero.- DISPONER que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, aprobado mediante la presente resolución, entre en vigencia a partir de la fecha de su aprobación. Cuarto.- DISPONER a la O fi cina de Secretaria General la publicación de la presente Resolución en Diario O fi cial El Peruano. Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito Sexto.- DISPONER que el Secretario General remita copia de esta Resolución a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, y las dependencias administrativas correspondientes, para fi nes de su competencia funcional. Regístrese, comuníquese y archívese.CARLOS HUGO AGUILAR CARRASCO Presidente de la Comisión Organizadora JUSTINO ANGEL MENDOZA GUZMÁN Secretario General 1994679-2 Autorizan expedición de duplicado de diploma de título profesional de Ingeniero Civil otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1121 Lima, 20 de septiembre de 2021Visto el Expediente STDUNI N° 2021-71981 presentado por el señor JORGE MILCIADES OLARTE NAVARRO quien solicita duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero Civil; CONSIDERANDO: Que, el señor JORGE MILCIADES OLARTE NAVARRO, identi fi cado con DNI N° 06418835, solicita el duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero Civil, por pérdida de dicho diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral N° 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 194-2021-UNI/SG/UGyT de fecha 03 de setiembre del 2021, precisa que el diploma del señor JORGE MILCIADES OLARTE NAVARRO se encuentra registrado en el Libro de Registro de Títulos Profesionales N° 14, página 53, con el número de registro 13201-G; Que, el Presidente de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante el documento del visto informa que en Sesión virtual N° 15-2021, realizada 07.09.2021, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del