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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (09/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Sábado 9 de abril de 2022 El Peruano / Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, refi riéndose como primer pilar de la gestión pública orientada a resultados del planeamiento estratégico; Que, el Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM, que autoriza al CEPLAN a iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN, ajustarán sus planes estratégicos a los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional vigente y conforme a las directivas y guías metodológicas que expida el CEPLAN; Que, mediante Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/ PCD, Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, se establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua. Esta Directiva es aplicable a todos los integrantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN, al que se re fi ere el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; Que, mediante Informe Nº 037-2022-MDLO/GGP de fecha 08 de marzo del 2022, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto concluye que el Proyecto del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Los Olivos al 2025 ha sido formulado en el marco de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0008-2022/CEPLAN/PCD y del INFORME TÉCNICO Nº D000008-2022-CEPLAN-DNCPPDLC, donde se señala que SÍ SE CUMPLE con los requisitos establecidos por el CEPLAN para la ampliación excepcional del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Los Olivos al 2025; Que, con Informe N° 053-2022/MDLO/GAJ de fecha 11 de marzo del 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa: “ 3.1. Sometida a evaluación jurídica, el proyecto de ordenanza alcanzado, esta Gerencia ha veri fi cado que sus términos se encuentran dentro de los parámetros establecidos en el marco legal expresados en la base legal, por lo que entendemos jurídicamente procedente proseguir el trámite correspondiente a efectos de la aprobación del presente proyecto de ordenanza, conforme a las facultades conferidas por el artículo 9º, inciso 8 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual corresponde al Concejo Municipal, entre otros: Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo, el artículo 40º de la Ley precitada, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal.”. En consecuencia, opina que resulta procedente la propuesta de ordenanza que aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado- PDLC 2016-2021 de la Municipalidad Distrital de Los Olivos hasta el año 2025, siendo su nueva denominación “Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC 2016-2025 de la Municipalidad Distrital de Los Olivos”, conforme al proyecto adjunto al Informe N° 016-2022-MDLO/GPP/SGPMGP elaborado por la Subgerencia de Planeamiento y Modernización de la Gestión Pública; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, inciso 8 y Estando a lo expuesto y en concordancia con el numeral 8 del Artículo 9° y Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de trámite de lectura y aprobación de acta y con el voto por unanimidad de los miembros del Concejo Municipal; ORDENANZA Nª 549-CDLO APRUEBAN LA AMPLIACIÓN DEL HORIZONTE TEMPORAL DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO – PDLC 2016-2021 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS HASTA EL AÑO 2025, SIENDO SU NUEVA DENOMINACIÓN “PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO PDLC 2016-2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS” Artículo Primero.- APROBAR La Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC 2016-2021 de La Municipalidad Distrital De Los Olivos hasta el Año 2025, siendo su Nueva denominación “Plan de Desarrollo Local Concertado PDLC 2016-2025 de La Municipalidad Distrital De Los Olivos”, que en anexo forma parte del presente; acorde a los fundamentos esgrimidos en la presente. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la aplicación debida de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, SUBGERENCIA DE PLANEAMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PUBLICA y demás órganos competentes realizar las acciones de su competencia orientadas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y ORDENAR a la SECRETARÍA GENERAL su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN la publicación en el Portal Institucional Ede la Municipalidad de Los Olivos www.munilosolivos.gob.pe. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 2056316-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Ordenanza que aprueba establecer beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de San Bartolo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 321-2022/MDSB San Bartolo, 31 de marzo del 2022.EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN BARTOLOVISTO Y CONSIDERANDO:El Acuerdo de Concejo Nº 016-2022/MDSB y demás documentos que sustentan el presente, y; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA ESTABLECER BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE SAN BARTOLO Artículo Primero: OBJETO: La presente Ordenanza tiene como objetivo otorgar Bene fi cios para la regularización de Deudas tributarias y no tributarias, en favor de los contribuyentes y administrados de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, que registren deudas vencidas y las que se puedan generar durante la vigencia de la presente Ordenanza, por obligaciones tributarias referidas al Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y/o Multas Administrativas, que se encuentren pendientes de pago en la vía ordinaria o coactiva. Artículo Segundo: VIGENCIA Los Bene fi cios Tributarios señalados en el Artículo Cuarto de la presente Ordenanza, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial el peruano, y se mantendrán vigentes hasta el 31 de julio del 2022.