TEXTO PAGINA: 60
60 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aprueban la Creación del Registro Regional de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional de Lima ORDENANZA REGIONAL Nº 16-2021-CR/GRL VISTO:El Acuerdo de Consejo Regional Nº 238-2021-CR/ GRL de fecha 30 de diciembre de 2021, que resuelve en Artículo PRIMERO: APROBAR, la Ordenanza Regional que aprueba: “LA CREACIÓN DEL REGISTRO REGIONAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD DE LA REGIÓN LIMA” CONSIDERANDO: Qué, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV”, establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (…)” Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Leyes Nº 27902 y 28013, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Qué, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Qué, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional;. Que, según lo señalado en el literal i) del artículo 69.2 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, precisa como función de la O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad a cargo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad.Asimismo, mediante Resolución de Presidencia Nº 004-2018-CONADIS/PRE, se aprobó la Directiva Nº 001-2018-CONADIS/PRE, “Lineamientos para la Administración de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad”, la misma que tiene por objetivo establecer los lineamientos para la constitución e implementación de los Registros Regionales y Municipales de la persona con Discapacidad, así como la gestión de los Recursos Humanos, Infraestructura, Equipo y Presupuesto con los que deben contar dichos Registros, en ejercicio del rol recto del CONADIS. Que, mediante Informe Nº 001-2021-EAD, recepcionado el 15 de enero de 2021, se presentó a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la propuesta de Creación e Implementación del Registro Regional de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional de Lima, adjuntando el Proyecto de Convenio con el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 015-2021-CONADIS/PRE, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), modi fi ca los artículos 10, 11, 12, 13, 15, 18, 22, 23, 33, 36, 38, 41, 43, 47 y la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, aprobado mediante Resolución de Presidencia Nº 020-2017CONADIS/PRE y modi fi cado por Resolución de Presidencia Nº 079-2017-CONADIS/PRE. Que, mediante O fi cio Nº D000270-2021-CONADIS- PRE, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), convoca al Gobierno Regional de Lima, a sesión virtual llevada a cabo el día 16-MAR-21, para tratar entre otros puntos los acuerdos contenidos en el Acta de Instalación de la Primera Sesión Ordinaria de la Mesa de Trabajo Nacional e informar sobre la implementación del registro regional de la persona con discapacidad. Al respecto el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), mediante OFICIO Nº D000203-2021-CONADIS-SG, remite al Gobierno Regional de Lima, el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS y el Gobierno Regional de Lima, debidamente visado por las unidades correspondientes y suscrito por el presidente del CONADIS, con la fi nalidad de continuar con el trámite correspondiente. En Sesión Extraordinaria Virtual del Consejo Regional de Lima, realizada el día 30 de diciembre de 2021, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales ZOOM, se dío cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales presentes en la sesión extraordinaria virtual del consejo regional. En uso de sus facultades conferidas en los literales a), c) y s) del Artículo 15º, Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Consejo Regional; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com. pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR