Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (21/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / b) El correo electrónico enviado el 24 de febrero de 2022 por el secretario general de la comuna edil al señor regidor, mediante el cual se noti fi có el Acuerdo de Alcaldía N.° 048-2021-MDS, del 7 de diciembre de 2021 “conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 088-2022-JNE”. c) El correo electrónico de acuse de recibo de la notifi cación de la Resolución de Alcaldía Nº 048-2021- MDS, emitida por el señor regidor el 24 de febrero de 2022. 2.5. Al respecto, del correo electrónico emitido por el secretario general de la entidad edil, se advierte un error material en la denominación del Acuerdo de Concejo Nº 048-2021-MDS; sin embargo, no se invalida la noti fi cación, pues esta cumplió su fi nalidad, dado que el señor regidor tomó conocimiento de la decisión adoptada por el concejo municipal a partir de dicho acto de noti fi cación, toda vez que, por voluntad propia, autorizó que los actos de noti fi cación se realicen al correo electrónico <caceresroj2@gmail.com> (ver SN 1.6.), lo cual se cumplió tal como se advierten de los documentos citados en el considerando anterior. 2.6. Por otro lado, cabe precisar que, mediante cartas del 3 de setiembre y 7 de diciembre de 2021, el señor regidor expresó su alejamiento físico del distrito de Sabandía y dejó constancia de que tuvo conocimiento del procedimiento de vacancia instaurado en su contra. 2.7. En ese sentido, el señor regidor se encontró habilitado para ejercer su derecho a interponer el recurso de impugnación que hubiera considerado pertinente; no obstante, de acuerdo con la constancia del 18 de marzo de 2022, emitida por el señor secretario general de la comuna edil, el señor regidor no interpuso recurso impugnatorio alguno en contra del Acuerdo de Concejo Nº 048-2021-MDS, del 7 de diciembre de 2021. 2.8. En consecuencia, habiéndose veri fi cado que el pronunciamiento del Concejo Municipal de Sabandía fue emitido conforme a ley y siguiendo el procedimiento preestablecido, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada al señor regidor y proceder acorde al numeral 2 del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.). 2.9. Así, de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 13 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, se debe convocar a doña Gloria Esther Calderón Velasco, identi fi cada con DNI N.º 46574315, candidata no proclamada del Movimiento Regional Fuerza Arequipeña, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sabandía, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculta como tal (ver SN 1.2.). 2.10. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Joaquín Ignacio Cáceres Rosado, regidor del Concejo Distrital de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa, emitida con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal, prevista en el numeral 4 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Gloria Esther Calderón Velasco, identi fi cada con DNI N.º 46574315, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la credencial que la faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N.º 0929-2021-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVA Sánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. 2 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2059302-1 MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (Corporativo) de Arequipa, distrito fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 017-2022-MP-FN-JFS Lima, 18 de abril de 2022 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta del abogado Boris Antonio Vilca Gutiérrez, presentada a la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Arequipa el 15 de marzo de 2022 y subsanada el 4 de abril del mismo año; mediante la cual renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (Corporativo) de Arequipa, distrito fi scal de Arequipa, por motivos personales, solicitando que la misma se haga efectiva desde el 15 de marzo de 2022. Según Resolución N° 049-2015-CNM de fecha 5 de febrero de 2015, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró al mencionado magistrado en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (Corporativo) de Arequipa, distrito fi scal de Arequipa. Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo N° 6041, adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 13 de abril de 2022, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aceptar en vía de regularización la renuncia formulada por el abogado Boris Antonio Vilca Gutiérrez, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (Corporativo) de Arequipa, distrito fi scal de Arequipa, desde el 15 de marzo de 2022. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar –en vía de regularización-, la renuncia formulada por el abogado BORIS ANTONIO VILCA GUTIÉRREZ, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (Corporativo) de Arequipa, distrito fi scal de Arequipa, desde el 15 de marzo de 2022.