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62 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / el Proyecto de Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023, de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, adjuntando el Cronograma de actividades y el reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, mediante informe Nº043-2022-MDCH/GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto de la aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023 del distrito de Chaclacayo a desarrollarse en el año 2023; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Consejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2023 DEL DISTRITO DE CHACLACAYO, A DESARROLLARSE EN EL AÑO 2023 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chaclacayo para el año 2023, el mismo que consta de veinte y ocho (28) artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias y Finales y un anexo, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte medidas complementarias que resulten necesarias, así como disponer modi fi catorias al Reglamento aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Asimismo, se dispone la publicación de la presente Ordenanza y del Reglamento en la Página Web de la Municipalidad (www.munichaclacayo.gob.pe). Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Social, Subgerencia de Participación Vecinal, Subgerencia de Tecnología de la Información y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 2059545-2 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 468- 2021-MDCH, que aprobó diversos beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en la jurisdicción del distrito de Chaclacayo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2022/MDCH Chaclacayo, 31 de marzo del 2022.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE CHACLACAYO; VISTO: Los Informes Nº 014-2022-GAT/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 29 de marzo de 2022, y el Memorándum Nº 160-2022-GM/MDCH de la Gerencia Municipal de fecha 31 de marzo de 2022, y;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Disposición concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de diciembre de 2021, se aprobaron diversos bene fi cios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Chaclacayo, a fi n de atenuar el impacto económico producto del Estado de Emergencia declarado debido al brote del COVID-19; Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, estableció su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, y la Cuarta Disposición Final; delega en el Alcalde la facultad de establecer una prórroga, para cuyo fi n se podrá emitir un Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 011-2021- MDCH, se Prorroga la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 31 de enero del año 2022; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 002-2022/MDCH, la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, se prorrogo hasta el 31 de marzo del año en curso; Que, mediante Informe Nº 014-2022-GAT/MDCH, la Gerencia de Administración Tributaria GAT, luego del análisis y resultados obtenidos del Bene fi cio tributario administrativo otorgado, propone prorrogar la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 30 de abril del año 2022; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 30 de abril del 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Tecnología de la Información, y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- Encárguese a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 2059545-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban el Saneamiento Físico Legal de predio para la inscripción de la independización a nombre del Estado, afectado en uso y favor de la Municipalidad Distrital de San Luis ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2022-MDSL/C San Luis, 31 de marzo de 2022