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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (21/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / Distrital de Megantoni, en tanto se resuelve la situación jurídica del alcalde suspendido, para lo cual se le debe otorgar la credencial que la faculte como tal (ver SN 1.3. y 1.7.). 2.20. Dichas convocatorias se realizan de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 30 de octubre de 2018, remitida por el Jurado Electoral Especial de Urubamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 3. 2.21. Se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones (ver SN 1.12.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Daniel Ríos Sebastián, alcalde de la Municipalidad Distrital de Megantoni, provincia de La Convención, departamento de Cusco; y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N.º 0025-2022-CM/ MDM, del 9 de marzo de 2022, que aprobó su suspensión por el tiempo que dure el mandato de detención, causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. DEJAR SIN EFECTO , provisionalmente, la credencial otorgada a don Daniel Ríos Sebastián, como alcalde de la Municipalidad Distrital de Megantoni, provincia de La Convención, departamento de Cusco, en tanto se resuelve su situación jurídica. 3. CONVOCAR a don Roberto Italiano Pascal, identi fi cado con DNI Nº 42545003, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Megantoni, provincia de La Convención, departamento de Cusco, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Daniel Ríos Sebastián, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. 4. CONVOCAR a doña Liz Merlin Simón Juan, identi fi cada con DNI Nº 70163567, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Megantoni, provincia de La Convención, departamento de Cusco, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Daniel Ríos Sebastián, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. 5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, del 25 de enero de 2019. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 3 <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 2059296-1Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Independencia, provincia de Huaraz, departamento de Áncash RESOLUCIÓN Nº 0418-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022003488 INDEPENDENCIA - HUARAZ - ÁNCASHSUSPENSIÓNCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, doce de abril de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio N.º 000088-2022-MDI, a través del cual la Municipalidad Distrital de Independencia, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, remitió el Acuerdo de Concejo N.º 009-2022-MDI, con el cual se aprobó la suspensión de don Fidencio Sánchez Caururo, alcalde de la referida comuna (en adelante, señor alcalde), por el tiempo que dure el mandato de detención, causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES Procedimiento de suspensión en instancia municipal 1.1. Con el propósito de solicitar la convocatoria de candidato no proclamado, mediante el O fi cio N.º 000088- 2022-MDI/GM, recibido el 4 de abril de 2022, el gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Independencia (en adelante, señor gerente municipal) remitió a esta sede electoral los siguientes documentos: a) Solicitud de suspensión formulada por don Nicolás Walter Maldonado Minaya (en adelante, señor solicitante) en contra del señor alcalde por el tiempo que dure el mandato de detención, causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la LOM. b) Carta Notarial N.º 71-2022, diligenciada el 3 de marzo de 2022, con la cual se convocó al señor alcalde para la sesión del concejo municipal, a llevarse a cabo el 10 de marzo de 2022. c) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo N.º 04, del 10 de marzo de 2022, en la que se decidió, por mayoría, declarar la suspensión del señor alcalde, por la causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la LOM. d) Acuerdo de Concejo N.º 009-2022-MDI, del 11 de marzo de 2022, con el cual el Concejo Distrital de Independencia formalizó dicha decisión. e) Carta N.º 17-2022-MDI/SG, del 11 de marzo de 2022, con la cual se noti fi có el Acuerdo de Concejo N.º 009-2022-MDI al señor alcalde. f) Constancia del 29 de marzo de 2022, que declara consentido el Acuerdo de Concejo N.º 009-2022-MDI, debido a que el señor alcalde no interpuso recurso impugnatorio alguno en contra de dicho acuerdo. g) Comprobante de pago de la tasa electoral por concepto de convocatoria de candidato no proclamado. 1.2. Para proseguir con el trámite correspondiente, la Secretaría General de este organismo electoral, por medio del Ofi cio N.° 01795-2022-SG/JNE, del 4 de abril de 2022, solicitó al concejo municipal que remita un informe sobre el recurso de apelación que habría presentado el señor solicitante en contra del Acuerdo de Concejo N.º 009-2022-MDI. 1.3. En respuesta, mediante el O fi cio N.º 97-2021-MDI/ GM, recibido el 7 de abril de 2022, el gerente municipal informó, esencialmente, que no se ha interpuesto recurso impugnatorio alguno en contra del citado acuerdo de concejo; motivo por el cual, es que se ha procedido a declarar consentida dicha decisión. Copias remitidas por el Poder Judicial 1.4. Por medio del O fi cio N.° 00813-2022-SG/JNE, del 28 de febrero de 2022, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó al presidente de la Corte