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9 NORMAS LEGALES Viernes 12 de agosto de 2022 El Peruano / 62.7, 62.8 y 62.9 del artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, recomienda la aprobación del Expediente Técnico y de la Declaratoria e inscripción en los Registros Públicos de la Zona Arqueológica Monumental “Cerro Central”, ubicado en el distrito de Huicungo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín; Que, mediante Informe N° 900005-2018-PGJ/ DSFL/DGPA/VMPCIC/MC del 08 de mayo de 2018, el arqueólogo Pablo Enrique Gómez Jareca informa sobre la delimitación del monumento arqueológico prehispánico “Cerro Central”, clasi fi cándolo como Zona Arqueológica Monumental; asimismo, elaboró el Expediente de Declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación conformado por Ficha Técnica para Declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación, Ficha O fi cial de Inventario de Monumentos Arqueológicos Prehispánicos; Ficha de Registro Fotográ fi co; y Expediente Técnico conformado por la Ficha Técnica, Memoria Descriptiva y Plano Perimétrico Código PP-115-MC-DGPA-DSFL-2017 WGS84; con un área de 188060.97 m2 (18.8061 ha.) y perímetro 2317.62 m. con coordenadas de referencia: Este (X): 233779, Norte (Y): 9154915; Zona 18; Que, al respecto, la importancia, valor y signi fi cado de la zona arqueológica monumental “Cerro Central” está representado debido a que es el mayor conjunto arquitectónico, en cuanto a dimensiones de los sitios registrados en el Parque Nacional Rio Abiseo. Por dicho motivo se le ha clasi fi cado como Zona Arqueológica Monumental, de acuerdo con el numeral 7.1. del artículo 7° del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas; Que, con el Memorando N° 000199-2022-DGPI/ MC la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas sustentado en los Informes N° 000031-2022-DCP/MC y N° 000007-2022-DCP-DJR/MC, ambos de la Dirección de Consulta Previa, informo que, respecto a los resultados del análisis de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y de las posibles afectaciones directas a derechos colectivos respecto a la propuesta de declaratoria y delimitación de los monumentos arqueológicos prehispánicos Cerro Central y Los Pinchudos, se concluye que, no implica afectaciones directas a derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, por lo que no corresponde aplicar la normativa vigente sobre la consulta previa; Que, asimismo, según el Informe de Diagnóstico Físico Legal N° 000195-2022-DSFL-CPL/MC del 16 de junio de 2022, concordante con el Certi fi cado de Búsqueda Catastral Publicidad N° 1322532, expedido el 29 de mayo de 2021, se concluye que la Zona Arqueológica Monumental “Cerro Central” según Plano PP-115-MC-DGPA-DSFL-2017 WGS84 se encuentra en su totalidad superpuesto sobre el predio de mayor extensión inscrito en la Partida Electrónica N° 04005587, del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Juanjui, inscrita a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado –SERNANP, correspondiente al Parque Nacional del Río Abiseo, con código CUS: N° 47809; asimismo, no se observó superposición con petitorios mineros, predios en proceso de formalización, comunidades nativas, comunidades campesinas, predios rurales, concesiones forestales, fajas marginales ni CIRA emitidos; Que, en observancia del artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y modi fi catorias, de las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y conforme a la delegación conferida a través de la Resolución Viceministerial N° 021-2016-VMPCIC-MC, se noti fi có, mediante O fi cio N° 000785-2021-DSFL/MC del 30 de septiembre de 2021, al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, según Cargo de noti fi cación fue recibido el 01 de octubre de 2021, por la UOF de Gestión Documentaria y Archivo-GG de SERNANP, otorgándoles un plazo de diez (10) días hábiles para que puedan presentar alguna alegación. En respuesta, mediante Ofi cio N° 642-2021-SENANP-DDE del 04 de octubre de 2021, se comunica que el área en consulta se ubica en el Parque Nacional del Río Abiseo, así como se encuentra al interior de la zona histórico cultural del ANP; en tal sentido dan a conocer las normas de uso de dicho tipo de zoni fi cación; Que, el Ministerio de Cultura, conforme con el artículo 13° de la Ley 28296 “Ley General del Patrimonio cultural de la Nación” tiene las facultades para las acciones de saneamiento físico legal de los predios del Estado que constituyan Patrimonio Cultural de la Nación mediante su inscripción en los Registros Públicos; Que, mediante Informe N° 000401-2022-DGPA/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de las facultades previstas por el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, esto es, la prerrogativa para identi fi car, inventariar y registrar los monumentos arqueológicos con fi nes de declaración y delimitación, emite opinión favorable para la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación y aprobación del expediente técnico de la Zona Arqueológica Monumental “Cerro Central”; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Cerro Central, ubicada en el distrito de Huicungo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, de acuerdo a los datos que se consignan en el siguiente cuadro: Departamento San Martín Provincia Mariscal Cáceres Nombre de la Zona Arqueológica Monumental DistritoDatum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Cerro Central Huicungo 233779 9154915 Artículo 2.- Aprobar el Expediente de declaratoria (fi cha o fi cial de inventario de monumentos arqueológicos prehispánicos, fi cha técnica para declaratoria como patrimonio cultural de la nación, fi cha de registro fotográ fi co) y el Expediente Técnico (Memoria Descriptiva, Ficha Técnica, Plano Perimétrico) de la Zona Arqueológica Monumental Cerro Central; según los datos técnicos que se detallan a continuación: Nombre de la Zona Arqueológica Monumental Número de plano en Datum WGS84 Área (m2)Área (ha)Perímetro (m) Cerro CentralPP-115-MC-DGPA- DSFL-2017188060.97 18.8061 2317.62 Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la inscripción en los Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal – SINABIF, de ser el caso, la condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica Monumental Cerro Central, respecto al expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar a la Zona Arqueológica Monumental Cerro Central, deberá contar con la