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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Domingo 18 de diciembre de 2022 El Peruano / su conformidad al Informe Técnico N° D000504-2022- MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO de la Dirección de Catastro, Zoni fi cación y Ordenamiento, quien en el marco de sus funciones y considerando los “Lineamientos para el Establecimiento de Bosques Locales y Condiciones para su Administración”, recomienda el establecimiento del Bosque Local “APEXRU”; asimismo, recomienda la incorporación del referido Bosque Local en el Catastro Forestal Nacional; Que, sobre el particular, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del documento del Vistos y atendiendo al Informe Técnico Nº D000504-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, concluye que la propuesta de establecimiento del Bosque Local “APEXRU” ha sido elaborada en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI y en los “Lineamientos para el Establecimiento de Bosques Locales y Condiciones para su Administración” aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 116-2016-SERFOR/DE; por lo que estando a lo propuesto por la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, concluye que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que apruebe el establecimiento del acotado Bosque Local; Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución de Dirección Ejecutiva el establecimiento del Bosque Local “APEXRU”, así como las condiciones y obligaciones que deben cumplirse para su gestión y administración; Que, de otro lado, de conformidad con lo dispuesto en la “Metodología para la codi fi cación de derechos otorgados por las autoridades forestales y de fauna silvestre”; aprobada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 042-2016-SERFOR-DE, modi fi cada y actualizada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 116-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, corresponde aprobar la codi fi cación correspondiente al derecho otorgado a través de la presente Resolución, la cual ha sido remitida por la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre a través del Informe Técnico Nº D000504-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, conforme a lo establecido en el literal m) del artículo 10 Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y su modi fi catoria; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Establecer el Bosque Local “APEXRU” en el distrito de Masisea, provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali, en una super fi cie de 7,921.1893 ha., de acuerdo con el Cuadro Descriptivo y Mapa de Ubicación que como Anexo I forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar a la Municipalidad Distrital de Masisea a gestionar y administrar el Bosque Local “APEXRU”, de acuerdo a las condiciones y obligaciones previstas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3 .- Aprobar la codi fi cación correspondiente al derecho otorgado en el artículo 2 de la presente Resolución, denominado Autorización de Administración del Bosque Local “APEXRU”, correspondiéndole el código N° UCA-250104/BL-2022-003. Artículo 4.- La autorización prevista en el artículo 2 de la presente Resolución, permite el acceso legal y ordenado a los recursos forestales existentes en el Bosque Local “APEXRU”, por parte de los diecisiete (17) bene fi ciarios acreditados, de acuerdo al Estudio Técnico presentado por la Municipalidad Distrital de Masisea. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; a la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Ucayali y a la Municipalidad Distrital de Masisea, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así como la publicación de dicho acto resolutivo y sus Anexos en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (https://www.gob.pe/serfor ). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO GONZALES ZÚÑIGA GUZMÁN Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 2135243-1 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2022 a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios DECRETO SUPREMO Nº 301-2022-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan de la Reconstrucción al que se re fi ere la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el marco de lo dispuesto en la citada Ley Nº 30556; Que, el literal b) del numeral 67.1 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que se han asignado hasta por la suma de S/ 2 433 335 002,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, en los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos