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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Domingo 18 de diciembre de 2022 El Peruano / resulta necesario designar a la persona que asumirá dicha función a partir del 19 de diciembre de 2022; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, incluidas sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1. Designación Designar al señor JOSE FRANCISCO GUSHIKEN IZENA, a partir del 19 de diciembre de 2022, en el puesto de Asesor III de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. Artículo 2. Noti fi cación Disponer que la Unidad de Recursos Humanos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios efectúe la notifi cación de la presente Resolución al interesado, así como a los órganos y unidades correspondientes. Artículo 3. Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERT LOPEZ LOPEZ Director EjecutivoAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 2135239-1 CUL TURA Autorizan transferencia financiera a favor del Organismo Internacional Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000425-2022-DM/MC San Borja, 16 de diciembre del 2022VISTOS; el Memorando Nº 000976-2022-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 001555-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante la Resolución Ministerial Nº 000382-2021-DM/MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2022-RE, Decreto Supremo que rati fi ca el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), se ratifi ca el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL); Que, el artículo 12 del citado Acuerdo, señala que el Gobierno Peruano se compromete a través de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, a coberturar los gastos administrativos, de funcionamiento, gastos de actividades entre otros, del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL); Que, en este contexto, a través del literal t) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza la realización, de manera excepcional, la transferencia fi nanciera entre entidades, las que realice el Ministerio de Cultura a favor del Organismo Internacional Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) hasta por el monto de S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100 soles); Que, asimismo, en el numeral 16.2 de la citada ley, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, con el Memorando Nº 002145-2022-DDC-CUS/ MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco hace suyo y remite el Informe Nº 000420-2022-OPP/MC de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual se remite el Informe Nº 000517-2022-AFPE/MC del Área Funcional de Presupuesto y Estadística, a través del cual informa que la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco cuenta con los recursos disponibles para la transferencia al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) por el monto de S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100 soles), en la especí fi ca de Gasto 2.4.1.2.1.99 Transferencias a otros organismos internacionales, para el ejercicio presupuestal 2022; Que, mediante el Memorando Nº 000976-2022-OGPP/ MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000305-2022-OP/MC de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual se informa que se ha veri fi cado que la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco cuenta con los recursos disponibles hasta por la suma de S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, para realizar la transferencia al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL); Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente que autorizar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco hasta por la suma S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, a favor del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL); Con las visaciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Supremo Nº 061-2022, Decreto Supremo que ratifi ca el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL); la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”;